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El Supremo confirma a Unión Fenosa una multa de 300.000 euros por un fallo de seguridad en la central nuclear de Zorita

Un descenso de presión en la descarga de las bombas de agua de la central nuclear de Zorita en 2002 provocó un informe negativo del Consejo de Seguridad Nuclear, y la Audiencia Nacional estimó oportuno establecer una multa para Unión Fenosa de 300.000 euros. Ahora, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha rechazado un recurso presentado por Unión Fenosa y ha ratificando la sentencia de la Audiencia Nacional.

Un descenso de presión en la descarga de las bombas de agua de la central nuclear de Zorita en 2002 provocó un informe negativo del Consejo de Seguridad Nuclear, y la Audiencia Nacional estimó oportuno establecer una multa para Unión Fenosa de 300.000 euros. Ahora, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha rechazado un recurso presentado por Unión Fenosa y ha ratificando la sentencia de la Audiencia Nacional.
LD (Europa Press) La sentencia reconoce que "no ha lugar al recurso de casación presentado", y considera que la multa "se estima proporcionada, atendiendo a que la cuantía se ha impuesto en el límite medio, en relación con la trascendencia que para la seguridad ha supuesto la comisión de la infracción".
 
Los hechos que motivaron el expediente sancionador ocurrieron el 3 de enero de 2002, cuando una inspección del Consejo de Seguridad Nuclear observó un descenso de presión en la descarga de las bombas del sistema de agua de servicios esenciales, poniendo de manifiesto los responsables de la misma, que dicha bajada de presión podía hacer que los resultados de la prueba del sistema de aspersión de la cúpula no fueran representativos. Por estos hechos, el Ministerio de Economía impuso a Unión Fenosa una multa de 300.000 euros.

 

 

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