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El PSOE concreta las causas de despido objetivo: pérdidas o caída de beneficios

El PSOE incluirá una enmienda a la reforma laboral para aclarar las causas del despido objetivo. El problema es que el nuevo texto sigue sin precisar de forma concluyente estos motivos. Por lo tanto, tendrán que ser los jueces los que, caso a caso, sigan decidiendo si es aplicable o no.

Uno de los aspectos más polémicos de la reforma laboral es la definición precisa de las causas del despido objetivo (20 días de indemnización por año trabajado). Hasta ahora, el Estatuto de los Trabajadores establecía que "se entenderá que concurren las causas a que se refiere el presente artículo cuando la adopción de las medidas propuestas contribuya, si las aducidas son económicas, a superar una situación económica negativa de la empresa. Es decir, había que acreditar que despedir al trabajador ayudaría a la compañía a salir de las dificultades. El problema es que casi ningún juez admitía esta justificación, por lo que el despido objetivo prácticamente no se aplicaba.

En el texto del Real Decreto aprobado el pasado junio, el Gobierno introducía una pequeña modificación y establecía que, a partir de ahora, podría darse el despido objetivo en caso de "situación económica negativa" para la empresa". En principio esta redacción facilitaba acogerse a esta causa, aunque seguía siendo muy imprecisa. Porque, ¿qué quiere decir "situación económica negativa?": ¿vale con acreditar pérdidas, con caída de beneficios, durante cuánto tiempo,...?

Este martes, el PSOE ha incluido una enmienda que se votará durante la tramitación definitiva del Real Decreto en el Congreso. En el texto se incluyen tres supuestos: persistencia de pérdidas, disminución relevante de beneficios y falta persistente de liquidez. Es una manera de concretar algo cuándo se podrá acudir a este tipo de despido, pero sigue siendo una redacción imprecisa, puesto que no establece niveles claros (por ejemplo, 5% de pérdidas) ni el tiempo durante el que es preciso acreditar que se ha entrado en esa situación (un año con disminución de beneficios).

De esta manera, según la enmienda transaccional, desaparece la posibilidad de que la empresa pueda justificar "mínimamente la razonabilidad de la decisión extintiva" para aplicar este tipo de despido. Mientras que los portavoces del PP José Ignacio Echániz y del PNV Emilio Olabarría están, en principio, de acuerdo con que desaparezcan esos términos, el de CiU, Carles Campuzano, defiende su permanencia.

Así lo explicaron los tres diputados a la prensa antes de incorporarse de nuevo a la reunión de la ponencia de la Comisión de Trabajo del Congreso, que está debatiendo las 344 enmiendas que los grupos han presentado al articulado del proyecto de ley de la reforma laboral.

El PSOE ha presentado otras 16 enmiendas transaccionales que afectan prácticamente al "60% de las enmiendas presentadas" por el resto de los grupos, con la finalidad de recoger "prácticamente la totalidad" de sus demandas, aunque a veces "estén en las antípodas", según el portavoz del PSOE en la Comisión, Jesús Membrado.

Los temas que abordan son flexibilidad interna de las empresas, igualdad, intermediación laboral, el contrato de fomento del empleo estable (cuya indemnización por despido improcedente es de 33 días frente a los 45 del fijo ordinario) y potenciación de los servicios públicos de empleo. Todas las enmiendas transaccionales se debatirán a lo largo de la tarde en la ponencia y serán votadas el jueves, con competencia legislativa plena, en la Comisión de Trabajo.

Al respecto, Campuzano adelantó que "con CiU seguro que no habrá acuerdo global, a no ser que el texto cambie mucho". Esto supone, explicó, que la reforma probablemente saldrá el jueves del Congreso sólo con los votos del PSOE.

Sin embargo, Olabarría explicó a los periodistas que el PNV ve "bastante reconocidas" sus demandas en las enmiendas transaccionales, porque hay un esfuerzo de "aproximación" por parte del PSOE.

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