L D (Agencias) El Boletín Oficial del Estado ha publicado ya una Orden sobre normas de valoración de inmuebles que “aclara la terminología, adapta la normativa vigente e introduce mejoras técnicas” al anterior texto de 1999 en esta materia. En esta nueva Orden ECO/805/2003 de 27 de marzo del Ministerio de Economía, se diferencia el valor de mercado (el valor en un momento en el tiempo) del valor hipotecario (el valor sostenible en el tiempo). Además, introduce el valor hipotecario como base para la obtención del valor de tasación de bienes inmuebles de cara a la obtención de un crédito hipotecario.
La norma considera que el valor hipotecario es “el valor de un inmueble determinado por una tasación prudente de la posibilidad futura de comerciar con el inmueble, teniendo en cuenta los aspectos duraderos a largo plazo, las condiciones del mercado normales y locales, su uso en el momento de la tasación y sus usos alternativos”. De esta forma, el que pretenda comprar una vivienda y dependa de un crédito para pagarla, sólo podrá obtener del banco el importe correspondiente a su “valor hipotecario” no al “valor de mercado”, que es en definitiva al que él está comprándolo. Con esta intervención en el sistema de tasación, el Gobierno pretendería restringir el mercado hipotecario con el objetivo de frenar la subida de los precios de la vivienda. Si el banco reduce el dinero que te da en el crédito, limita las posibilidades del comprador a la hora de comprar una casa.
En la nueva normativa, que entrará en vigor el próximo mes de octubre, se afirma que el objetivo último es “proteger más y mejor los intereses de terceros en su condición de asegurados o inversores”. Sin embargo, la primera consecuencia que generará será, probablemente, un descenso de la demanda de viviendas, ya que los compradores obtendrán menos dinero para comprar sus inmuebles y muchos no podrán hacer frente a la cantidad que les pide el mercado. A no ser que el comprador tenga una cierta cantidad de dinero ahorrada, caso que sucede con quienes compran pisos como inversión. Por ello, esta norma dificulta aún más el acceso a una vivienda a los jóvenes.
La norma considera que el valor hipotecario es “el valor de un inmueble determinado por una tasación prudente de la posibilidad futura de comerciar con el inmueble, teniendo en cuenta los aspectos duraderos a largo plazo, las condiciones del mercado normales y locales, su uso en el momento de la tasación y sus usos alternativos”. De esta forma, el que pretenda comprar una vivienda y dependa de un crédito para pagarla, sólo podrá obtener del banco el importe correspondiente a su “valor hipotecario” no al “valor de mercado”, que es en definitiva al que él está comprándolo. Con esta intervención en el sistema de tasación, el Gobierno pretendería restringir el mercado hipotecario con el objetivo de frenar la subida de los precios de la vivienda. Si el banco reduce el dinero que te da en el crédito, limita las posibilidades del comprador a la hora de comprar una casa.
En la nueva normativa, que entrará en vigor el próximo mes de octubre, se afirma que el objetivo último es “proteger más y mejor los intereses de terceros en su condición de asegurados o inversores”. Sin embargo, la primera consecuencia que generará será, probablemente, un descenso de la demanda de viviendas, ya que los compradores obtendrán menos dinero para comprar sus inmuebles y muchos no podrán hacer frente a la cantidad que les pide el mercado. A no ser que el comprador tenga una cierta cantidad de dinero ahorrada, caso que sucede con quienes compran pisos como inversión. Por ello, esta norma dificulta aún más el acceso a una vivienda a los jóvenes.