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El BCE fija los tipos de cambio obligatorios de las monedas de Estonia, Lituania y Eslovenia

El BCE estableció el cambio obligatorio en relación con el euro para las divisas de Estonia, Lituania y Eslovenia, nuevos miembros de la UE, que formarán parte de la zona euro a partir de 2007. Según informó la entidad monetaria europea, este cambio obligatorio y los límites por encima y por debajo para la corona estona, la lita lituana y el tola esloveno tendrán efecto a partir del 28 de junio.

L D (EFE) Estas tres divisas forman parte desde ayer del Mecanismo de Cambio II (ERM II, en inglés), junto con los doce países de la zona euro y Dinamarca.
 
Estonia, Lituania y Eslovenia, que forman parte de los nuevos miembros de la UE, se han comprometido con la entrada en la institución europea a mantener sus divisas dentro de una fluctuación de más/menos 15% respecto al cambio obligatorio establecido por el BCE.
 
En caso de que sus divisas fluctúen por encima o por debajo de estos límites, los bancos centrales de estas naciones están obligados a intervenir.

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