El acuerdo alcanzado por ambas compañías vulnera la normativa comunitaria que prohíbe las prácticas comerciales restrictivas. Cada una de las empresas -E.ON/E.ON Rhurgas por una parte y GDF Suez por la otra- deberá pagar 553 millones.
La infracción se remonta a 1975, cuando Ruhrgas (hoy E.ON Ruhrgas) y Gaz de France (que en la actualidad forma parte de GDF Suez) decidieron construir conjuntamente el gaseoducto MEGAL a través de Alemania para importar gas ruso a Alemania y Francia. Ambas empresas acordaron en ese momento mediante dos cartas que GDF no vendería el gas trasportado por MEGAL en Alemania y que Ruhrgas haría lo mismo en Francia.
En ese momento, Gaz de France gozaba de un monopolio legal sobre las importaciones de gas natural en Francia que duró hasta agosto de 2000. Aunque, según Bruselas, las dos empresas no ignoraban que las cartas de 1975 vulneraban las reglas de competencia, mantuvieron su acuerdo de reparto del mercado incluso tras la liberalización del mercado europeo del gas en agosto de 2000. Las compañías se reunieron regularmente a diversos niveles y debatieron cómo aplicar el acuerdo en el mercado liberalizado.
A juicio de la Comisión, los contactos entre las empresas tras 1999 confirman la existencia de un acuerdo ilegal único y continuo de reparto de los mercados. Aunque las partes declararon en agosto de 2004 que consideraban nulas las cartas desde hacía mucho tiempo, mantuvieron hasta finales de septiembre de 2005 la prohibición impuesta a Gaz de France de vender en Alemania gas transportado por MEGAL.
El Ejecutivo comunitario cree que el acuerdo "permitió a E.ON y a GDF conservar posiciones sólidas en los mercados alemán y francés del gas en el momento de su liberalización". Las empresas privaron así deliberadamente a los consumidores de gas franceses y alemanes de las ventajas aportadas por la directiva europea de 1998, es decir, más competencia en cuanto a precios y más posibilidades para elegir proveedor.
La comisaria de Competencia, Neelie Kroes, aseguró que con las sanciones impuestas Bruselas "envía una señal fuerte a los proveedores históricos de energía y les recuerda que no tolerará ningún tipo de comportamiento contrario a las reglas de competencia".
"Este acuerdo ha privado a los clientes de una mayor competencia por lo que se refiere a los precios y de la posibilidad de escoger entre más proveedores en dos de los principales mercados del gas de la UE. La Comisión no tiene otra salida más que imponer multas elevadas", resaltó Kroes.
La Comisión lanzó su investigación sobre este caso a partir de inspecciones por sorpresa realizadas en 2006 en las sedes de E.ON y de Gaz de France en Alemania y en Francia. Las pesquisas formales comenzaron en julio de 2007 y un año más tarde se envió a las dos empresas el pliego de cargos que contenía las acusaciones formales.
Los acuerdos para repartirse los mercados constituye una "infracción muy grave" de las reglas del Tratado que prohíben las prácticas comerciales restrictivas. Para calcular las multas, Bruselas ha tenido en cuenta las ventas de gas transportado por el gaseoducto MEGAL que las empresas han realizado en Francia y Alemania.
Teniendo en cuenta la "talla importante" de los dos grupos, el carácter contrario a la competencia del acuerdo de reparto de los mercados, su participación equivalente en el MEGAL y los volúmenes de gas transportados por el gaseoducto, la Comisión ha decidido establecer multas idénticas para E.ON/E.ON Ruhrgas y para GDF Suez.
El Ejecutivo comunitario recordó que cualquier persona o empresa que se sienta afectada por este comportamiento ilegal puede pedir daños y perjuicios ante los tribunales nacionales y aportar como prueba la decisión de Bruselas.
Bruselas multa con 1.106 millones a E.ON y a GDF Suez
La Comisión Europea (CE) impuso este miércoles multas por un valor total de 1.106 millones de euros a la empresa energética alemana E.ON y a su filial E.ON Ruhrgas y a la compañía francesa GDF Suez por repartirse los mercados francés y alemán del gas.
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