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ACS podrá ejercer sus derechos en Iberdrola salvo en cuestiones estratégicas

La constructora ACS podrá ejercer derechos políticos por encima del 3 por ciento en las juntas de accionistas de Iberdrola, excepto en cuestiones que afecten a la estrategia competitiva de la empresa en el sector eléctrico español, pero no podrá designar consejeros. Ésta es la decisión adoptada por el Consejo de Administración de la Comisión Nacional de la Energía (CNE), que analizó la petición de ACS de que no se limitaran sus derechos de voto. En sus alegaciones, Iberdrola había pedido que se aplicara la normativa vigente, según la cual una sociedad no puede ejercer derechos políticos superiores al 3 por ciento en más de una empresa considerada operador principal del sector energético.

La constructora ACS podrá ejercer derechos políticos por encima del 3 por ciento en las juntas de accionistas de Iberdrola, excepto en cuestiones que afecten a la estrategia competitiva de la empresa en el sector eléctrico español, pero no podrá designar consejeros. Ésta es la decisión adoptada por el Consejo de Administración de la Comisión Nacional de la Energía (CNE), que analizó la petición de ACS de que no se limitaran sus derechos de voto. En sus alegaciones, Iberdrola había pedido que se aplicara la normativa vigente, según la cual una sociedad no puede ejercer derechos políticos superiores al 3 por ciento en más de una empresa considerada operador principal del sector energético.
LD (EFE) Según la resolución del regulador energético, adoptada con el respaldo de ocho de los nueve miembros del Consejo, se consideran cuestiones estratégicas el plan estratégico y las inversiones o desinversiones asociadas al cumplimiento de sus objetivos, salvo las concentraciones que precisen la previa autorización de una autoridad nacional o supranacional de defensa de la competencia. También se consideran estratégicos los presupuestos, el nombramiento de altos directivos, las políticas de recursos humanos del personal directivo, y la estructura societaria y organizativa a nivel directivo.

Otras cuestiones en las que ACS no podrá ejercer plenamente sus derechos políticos son, según la CNE, el aprovisionamiento de combustibles y materias primas necesarias para desarrollar la actividad eléctrica y cualquier aspecto asociado a la tecnología a utilizar y a la política de venta de producto intermedio o final. En el resto de las cuestiones, la constructora presidida por Florentino Pérez podrá ejercer derechos equivalentes al 10 por ciento del capital.

Aunque la participación de ACS en Iberdrola es del 12,44 por ciento, los Estatutos de la eléctrica limitan los derechos políticos de los accionistas al 10 por ciento. La constructora no podrá suscribir acuerdos o pactos con otros accionistas de Iberdrola para adoptar decisiones que afecten a materias consideradas estratégicas. Además, no podrá intercambiar información estratégica sobre Unión Fenosa con otros accionistas relevantes de Iberdrola.

Si se reconocieran derechos de información diferentes sobre estas materias dependiendo de la participación social, ACS sólo tendrá los que le correspondan por el 3 por ciento. Para garantizar que no existen intercambios de información estratégica, la CNE efectuará un seguimiento concreto de los planes estratégicos de Iberdrola y Unión Fenosa. Por ello, las dos empresas deberán facilitar información periódica sobre sus planes estratégicos de corto, medio y largo plazo y sus modificaciones.

La decisión de la CNE está a medio camino entre la petición de Iberdrola y los antecedentes de La Caixa (que participaba simultáneamente en Gas Natural y Endesa) y del BBVA (que estaba presente en Iberdrola y en Repsol-Gas Natural). En esos dos casos, la CNE sólo autorizó el ejercicio de derechos de voto por encima del 3 por ciento para las decisiones que afectaran al mantenimiento del valor de la inversión, es decir la aprobación de las cuentas anuales, del informe de gestión y de la propuesta de reparto de dividendos.

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