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Torra obligará a bancos y particulares a alquilar vivienda a okupas y desahuciados

La Generalidad considera que son "grandes tenedores de viviendas" quienes tienen más de 15 pisos en propiedad.

La Generalidad considera que son "grandes tenedores de viviendas" quienes tienen más de 15 pisos en propiedad.
Okupas en Barcelona | Pixabay/CC/makunin

Los grandes tenedores de viviendas, entre ellos las entidades bancarias, estarán obligados a ofrecer una vivienda en alquiler social durante al menos siete años a determinados colectivos que se consideren vulnerables, entre los que incluye okupas y afectados por desahucios.

Así lo establece el Decreto Ley de medidas urgentes para mejorar el acceso a la vivienda aprobado este lunes por el Consejo Ejecutivo del Gobierno de la Generalidad de Cataluña.

Entre los colectivos a los que se dirige la norma figuran las familias que acrediten una situación de vulnerabilidad y se les acabe el contrato de alquiler, quienes se encuentren en procesos de desahucios o bien quien lleven más de seis meses ocupando una vivienda sin título habilitante en el momento de la entrada en vigor del nuevo Decreto.

Esta nueva norma considera como un gran tenedor de viviendas no sólo a organizaciones y empresas, sino a personas físicas con más de quince pisos en propiedad.

En la rueda de prensa posterior al Consejo, el consejero de Territorio y Sostenibilidad de la Generalidad, Damià Calvet, asegura que el objetivo del nuevo Decreto es combatir las situaciones de "emergencia residencial", aumentar el número de viviendas protegidas en régimen de alquiler y contribuir a la moderación de los precios de los pisos en renta.

"Es un plan de choque", afirmó el consejero, que cifró en 13.900 los desahucios registrados en 2018, y en 6.990 los contabilizados en los dos primeros trimestres de 2019.

En el primer objetivo del Decreto, el de combatir las situaciones de emergencia residencial, también se enmarca la ampliación del contrato de alquiler social obligatorio, que pasa de tres a cinco y siete años, dependiendo de si la vivienda es propiedad de una persona física o jurídica.

La nueva norma también incorpora facilidades para construir alojamientos en equipamientos comunitarios para incrementar la oferta, atender a familias en riesgo de exclusión y resolver necesidades temporales de alojamiento.

También se implementarán medidas para considerar como desocupados los edificios con obras inacabadas y poderlos así movilizar para generar más vivienda asequible, incluyendo multas coercitivas y la posibilidad de expropiación.

Además, las administraciones y entidades sociales tendrán más oportunidades para adquirir viviendas por la vía del tanteo y retracto para destinarlos a vivienda asequible a través de la ampliación hasta 2027 del plazo para ejercer estos derechos, así como también del ámbito de aplicación, que se hace extensivo a toda Cataluña

También permite a la Generalidad aplicarlo en segundas y terceras transmisiones de viviendas anteriormente adquiridas por grandes tenedores, con lo que se refuerzan los mecanismos de la administración para hacer efectivo el retorno social del rescate bancario, según el conseller.

Inventario de suelos

Con el objetivo de generar más suelo para vivienda de protección oficial, los solares vacíos de titularidad municipal destinados a construir viviendas de este tipo se podrán movilizar gradualmente.

Para ello, se elaborará un inventario del patrimonio público de suelo y vivienda en el plazo de un año, y en plazo de dos años se diseñará un programa de actuación concertada para poner a disposición de la ciudadanía pisos de protección oficial en régimen de alquiler.

Calvet ha indicado que existe un potencial de suelo para hacer 172.000 viviendas de protección oficial. "El decreto obliga a este inventario y también a elaborar un plan para desarrollarlo", señaló al respecto.

Reservas de suelo para vivienda social

Además, el Plan territorial sectorial de vivienda, que se aprobará antes de un año, permitirá reservar para vivienda protegida un mínimo del 50% de techo en suelo urbanizable y un 40% en suelo urbano no consolidado en los municipios con demanda residencial "fuerte y acreditada".

En el Área Metropolitana de Barcelona, la reserva mínima será del 40% en suelo urbano no consolidado que tenga por objeto la transformación global de los usos principales a uso residencial.

Para incrementar el parque de viviendas privadas de alquiler libre o protegido, el Decreto también incluye estímulos a la iniciativa privada para que construya viviendas protegidas y se incluye la posibilidad de que los planes urbanísticos destinen terrenos para la construcción de pisos plurifamiliares específicamente de alquiler.

Módulo único

La norma establece que la vivienda protegida tendrá una cualificación permanente asociada al régimen urbanístico del suelo sobre el que está edificado, y un único módulo.

Así, el decreto determinará un precio de venta base de las viviendas con protección oficial único para toda Cataluña, si bien podrá tener variaciones.

Una de estas variaciones será en función del municipio donde se localiza la vivienda, y en el caso del Área Metropolitana de Barcelona este valor que determinará los precios máximos de venta y rentas de las viviendas con protección oficial será único.

Teniendo en cuenta las características del piso, también se tendrán en cuenta el nivel de eficiencia energética, antigüedad y estado de conservación, y también tendrá variaciones en función de los costes y, en el caso de la promoción privada, de si han recibido ayudas públicas en la construcción.

Finalmente, la norma incluye medidas para moderar los precios del alquiler de viviendas del mercado libre a través del Índice de Referencia del precio del alquiler, de forma que alquilarlo por debajo de este índice permitirá que los propietarios puedan acceder a ayudas públicas de fomento del alquiler.

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