LD (EFE) El secretario general de la APCE, Manuel Martí, ha expresado su sorpresa por esta iniciativa y se ha preguntado en voz alta "dónde se van a fijar los límites", puesto que, si se pueden expropiar las viviendas vacías, "un día me podrán quitar la casa de campo, alegando que yo no la necesito".
El presidente de la APCE, Guillermo Chicote, también se ha pronunciado en esta misma línea y ha destacado el precedente que esta medida puede suponer, así como las consecuencias que puede conllevar. En este sentido, Chicote ha apuntado que si una persona se ha comprado una vivienda nadie le puede obligar a ocuparla, porque "cada uno es libre de hacer con su propiedad lo que quiera".
El proyecto de Ley del Suelo y Urbanismo del País Vasco, que fue aprobado hace dos semanas, busca establecer mecanismos para atajar la especulación y frenar su impacto en los precios de las viviendas. Entre esos mecanismos se incluye la expropiación de solares privados cuando éstos retengan el suelo o frenen la construcción de viviendas con fines especulativos.
El proyecto de Ley del Suelo y Urbanismo del País Vasco, que fue aprobado hace dos semanas, busca establecer mecanismos para atajar la especulación y frenar su impacto en los precios de las viviendas. Entre esos mecanismos se incluye la expropiación de solares privados cuando éstos retengan el suelo o frenen la construcción de viviendas con fines especulativos.
También permite que las administraciones puedan expropiar viviendas protegidas si se observa que éstas permanecen desocupadas durante un período superior a un año o son alquiladas a terceros. En tercer lugar, la futura ley aplica el mecanismo de expropiación a las viviendas vacías que se encuentren en zonas de revitalización urbanística, a fin de evitar procesos especulativos aprovechando la transformación de la zona o incidentes con "okupas" en el momento de los derribos.
El proyecto de Ley del Suelo del País Vasco también prevé un incremento de la reserva de suelo para viviendas protegidas a través de la extensión a los núcleos de más 3.000 habitantes la obligación de destinar suelo a vivienda protegida. Hasta ahora, este requisito se exigía únicamente a los municipios de más de 7.000 habitantes.
Además, el texto regula la figura de la vivienda de precio tasado, cuyo precio no podrá superar en un 30 por ciento el de la protegida. La medida pretende dar una solución al colectivo que no puede acceder a los sorteos de viviendas de protección oficial por superar el nivel de ingresos máximo exigido, pero que tampoco puede adquirir una vivienda libre.
Otro instrumento novedoso del proyecto de ley será la exigencia de límites a la edificabilidad, cuyo fin es evitar la ocupación indiscriminada de suelo mediante urbanizaciones de viviendas unifamiliares y chalets dispersos.
Además, el texto regula la figura de la vivienda de precio tasado, cuyo precio no podrá superar en un 30 por ciento el de la protegida. La medida pretende dar una solución al colectivo que no puede acceder a los sorteos de viviendas de protección oficial por superar el nivel de ingresos máximo exigido, pero que tampoco puede adquirir una vivienda libre.
Otro instrumento novedoso del proyecto de ley será la exigencia de límites a la edificabilidad, cuyo fin es evitar la ocupación indiscriminada de suelo mediante urbanizaciones de viviendas unifamiliares y chalets dispersos.