L D (EFE) El Tribunal dio la razón, casi en su totalidad, a la Comisión Europea, que en 1999 declaró ilegales estas ayudas, consistentes en un crédito fiscal de un 45 por ciento concedido por la Diputación alavesa. Tanto Daewoo como Ramondin, así como la Diputación y el Gobierno Vasco interpusieron recursos ante el Tribunal de primera instancia de la UE solicitando la anulación de las decisiones del Ejecutivo comunitario.
La sentencia aclara que "los beneficios fiscales específicos concedidos por una entidad territorial de un estado miembro pueden constituir ayudas de estado", y por lo tanto están sujetas a lo dispuesto por el Tratado de la UE. Los jueces puntualizan que la sentencia "no cuestiona la autonomía fiscal del Territorio Histórico de Alava, reconocida y protegida por la Constitución Española". Sin embargo, añaden, "esta autonomía no dispensa a dicha región del respeto de las disposiciones del Tratado en materia de ayudas de Estado".
Tras conocerse esta sentencia, el Gobierno Vasco anunció que, junto con la Diputación Foral de Alava, estudia interponer un recurso de casación, al considerar que las medidas cuestionadas por la Comisión Europea están derogadas desde enero de 2000, y que la sentencia reconoce la capacidad fiscal y tributaria de Alava. También estima que el Tribunal ha desestimado "una parte importante del resto de asuntos" sobre los que falló la Comisión Europea.
El portavoz del Gobierno Vasco, Josu Jon Imaz, se mostró convencido de que las ayudas a Ramondín y Daewoo "están dentro de la legalidad vigente derivada del Concierto Económico", La patronal vasca, Confebask, considera que la sentencia "no se ajusta a derecho".
Ramondín había desplazado su fábrica desde Logroño hasta un polígono industrial de Laguardia (Álava), a tan sólo cuatro kilómetros de la frontera riojana, para poder beneficiarse de las ayudas fiscales. Por ello, el presidente de La Rioja, Pedro Sanz, decidió presentar una queja ante la Comisión Europea en la que cuestionaba los motivos de la sociedad para hacer este traslado. Bruselas declaró en contra de las ayudas concedidas por la Diputación Foral, decisión que fue recurrida ante el Tribunal de la UE.
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La sentencia aclara que "los beneficios fiscales específicos concedidos por una entidad territorial de un estado miembro pueden constituir ayudas de estado", y por lo tanto están sujetas a lo dispuesto por el Tratado de la UE. Los jueces puntualizan que la sentencia "no cuestiona la autonomía fiscal del Territorio Histórico de Alava, reconocida y protegida por la Constitución Española". Sin embargo, añaden, "esta autonomía no dispensa a dicha región del respeto de las disposiciones del Tratado en materia de ayudas de Estado".
Tras conocerse esta sentencia, el Gobierno Vasco anunció que, junto con la Diputación Foral de Alava, estudia interponer un recurso de casación, al considerar que las medidas cuestionadas por la Comisión Europea están derogadas desde enero de 2000, y que la sentencia reconoce la capacidad fiscal y tributaria de Alava. También estima que el Tribunal ha desestimado "una parte importante del resto de asuntos" sobre los que falló la Comisión Europea.
El portavoz del Gobierno Vasco, Josu Jon Imaz, se mostró convencido de que las ayudas a Ramondín y Daewoo "están dentro de la legalidad vigente derivada del Concierto Económico", La patronal vasca, Confebask, considera que la sentencia "no se ajusta a derecho".
Ramondín había desplazado su fábrica desde Logroño hasta un polígono industrial de Laguardia (Álava), a tan sólo cuatro kilómetros de la frontera riojana, para poder beneficiarse de las ayudas fiscales. Por ello, el presidente de La Rioja, Pedro Sanz, decidió presentar una queja ante la Comisión Europea en la que cuestionaba los motivos de la sociedad para hacer este traslado. Bruselas declaró en contra de las ayudas concedidas por la Diputación Foral, decisión que fue recurrida ante el Tribunal de la UE.
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