L D (EFE) Esta sentencia del Tribunal de Turín llega en el ámbito del proceso sobre el presunto uso inadecuado de fármacos en el Juventus de Turín en el periodo 1994-98. El doctor Riccardo Agricola fue condenado, el pasado 26 de noviembre de 2004, a un año y diez meses de reclusión, con suspensión condicional de la pena y la petición de inhabilitación profesional temporal, por fraude deportivo y suministro de fármacos de forma peligrosa para la salud.
En su sentencia, Giuseppe Casalbore, juez del Tribunal de Turín, consideró que el doctor Riccardo Agricola utilizó todos los recursos posibles para obtener mejoras en el rendimiento de los jugadores, entre ellos el uso de la eritropoietina (EPO). El juez Casalbore, en cambio, absolvió al administrador delegado del Juventus, Antonio Giraudo. En sus fundamentos jurídicos, el juez reflejó que la EPO fue seguramente adquirida y suministrada a los jugadores del Juventus.
Las investigaciones fueron iniciadas hace años por la Fiscalía de Turín, a tenor de las declaraciones del técnico Zdenek Zeman (ahora en el Lecce) sobre el "gran número de fármacos en los clubes de fútbol". Una de estas investigaciones fue dirigida al Juventus, ante la sospecha de que en ese club se hubiera practicado en el periodo 1994-98 un "dopaje enmascarado". Un presunto dopaje que habría sido mediante el uso de fármacos con un objetivo no terapéutico, sino con la intención de mejorar las prestaciones de los jugadores durante los partidos, gracias a los efectos secundarios de los productos.
Durante el proceso, la Fiscalía solicitó, el pasado 25 de octubre, una condena de tres años y dos meses de cárcel para el doctor Riccardo Agricola, y de dos años y un mes de cárcel para Antonio Giraudo, por el presunto suministro inapropiado de fármacos a los jugadores. Los fiscales turineses, asimismo, solicitaron para Giraudo la suspensión de las funciones directivas por un periodo similar a la duración de la pena de reclusión. Para el doctor Agricola, por presunta violación de sus deberes como médico, también se pidieron dos años de inhabilitación profesional. Estas penas accesorias deberán ser aplicadas, no obstante, sólo tras una sentencia definitiva.
En su escrito, el fiscal turinés Raffaelle Guariniello, que estuvo ayudado por los también fiscales turineses Gianfranco Colace y Sara Panelli, había señalado que "en el Juventus se produjo un uso poco escrupuloso de fármacos sin finalidades terapéuticas, más allá de las condiciones de seguridad". Asimismo, para los fiscales se realizó una "utilización sistemática de EPO para diferenciar al Juventus de los otros equipos de fútbol, no pudiendo decir la defensa", advirtió, que "eso lo hacen todos".
Tras las exposiciones de la acusación y de la defensa, que desmintió las acusaciones, el juez Casalbore dictó sentencia, absolviendo a Giraudo y condenando al doctor Riccardo Agricola a un año y diez meses por fraude deportivo. En sus motivaciones, el juez Casalbore también consideró que el jefe de los servicios médicos no puede haberlo realizado todo únicamente él. Pero también apuntó que la certeza de las pruebas contra el administrador delegado, Antonio Giraudo, no había sido constatada.
Y es que, sobre la absolución de Antonio Giraudo se indica que se debió al hecho de que las pruebas que contra él presentó la fiscalía no resultaban "completas y suficientes". Por lo que ante la falta de elementos directos que pudiesen, al menos, llevar a individualizar la forma utilizada para pagar la compra de la eritropoietina, no se considera que se pueda afirmar con certeza la responsabilidad penal de Giraudo.
En las motivaciones, asimismo, se descubrió que el director general del Juventus, Luciano Moggi, también había sido investigado por la fiscalía turinesa, pero su caso fue archivado en agosto de 2000. Al margen del proceso penal, se abrió el deportivo a cargo de la Fiscalía del CONI, que ha decidido denunciar a Agriccola ante la Comisión Disciplinaria de la Federación Italia de Fútbol. Solicita dos años de inhabilitación profesional deportiva.
Así, la Fiscalía del CONI considera que aunque no existe la certeza de que el presunto suministro prohibido haya acontecido, hay cuanto basta para disponer la denuncia del doctor Agricola a los órganos disciplinarios y para que ante ellos el inculpado puede demostrar su plena inocencia.