Cardenal: la sentencia de la Operación Puerto "desprotege a los que compiten limpios"
El Gobierno recurrirá el fallo al entender que "es legal poner las bolsas (de sangre) a disposición de las autoridades".
El presidente del Consejo Superior de Deportes (CSD), Miguel Cardenal, ha dicho hoy que "hay que respetar y acatar" la sentencia de la Operación Puerto, aunque "ésta deja desprotegidos a los deportistas que compiten limpios frente a los que hacen trampas". "Una sentencia como ésta coloca en una difícil situación a los deportistas que compiten limpios, a todos los que desean que el deporte sea un lugar donde los valores sociales básicos se conviertan en un referente para toda la sociedad", afirma.
Cardenal se trasladó hoy a La Nucía (Alicante), donde se disputa el Europeo de taekwondo en la modalidad de Poomsae y se rendirá un homenaje a los tres medallistas españoles en los Juegos de Londres 2012: Joel González (oro), Brigitte Yagüe (plata) y Nicolás García (bronce). "Los responsables políticos tenemos la obligación de proteger a esos deportistas, y el legislador tendrá que buscar soluciones que lo hagan. El derecho penal es la última ratio, el último recurso, quizás tengamos que repensar algunas cuestiones en este ámbito", añadía.
En opinión de Cardenal, "los deportistas limpios, aquellos que no consumen sustancias prohibidas, los que no corrompen la competición amañando el resultado y los que respetan las reglas del juego, merecen una protección real frente a los que se dopan, se venden o dejan que otros lo hagan".
"Vamos a recurrir la sentencia de la Operación Puerto porque pensamos que es legal poner las bolsas a disposición de las autoridades antidopaje y para el futuro la Ley en tramitación lo establece con claridad. Pero sentencias como ésta invitan a valorar que el dopaje sea delito para el deportista que hiciera trampas", señaló.
La sentencia de la Operación Puerto, conocida hace dos días, condena a un año de prisión al médico Eufemiano Fuentes, al que inhabilita cuatro años como médico deportivo, y a cuatro meses al preparador físico José Ignacio Labarta, a quien inhabilita por el mismo periodo, ambos por un delito contra la salud pública.
La juez, que absuelve a los otros tres procesados, los exdirectores deportivo Manolo Saiz y Vicente Belda y la doctora Yolanda Fuentes, no accedió a la petición hecha por las acusaciones ejercidas por la Agencia Mundial Antidopaje (AMA), la Unión Ciclista Internacional (UCI), el Comité Olímpico Italiano (CONI) y la Federación Española de Ciclismo (RFEC) de que les fueran entregadas las bolsas de plasma y sangre intervenidas a Fuentes.
La juez alude en la sentencia al respeto a los derechos fundamentales de los deportistas reconocidos en la Constitución para justificar esta decisión y ordena que las muestras y el material informático aprehendido en la operación, desarrollada en 2006 por la Guardia Civil, sean destruidas cuando la sentencia sea firme. No obstante, la magistrada ha ordenado conservar parte de las muestras por si en el futuro se juzga al hematólogo José Luis Merino, socio de Eufemiano Fuentes, que fue excluido de la causa por enfermedad antes del inicio del juicio oral, el pasado 28 de enero en el Juzgado de lo Penal número 21 de Madrid.
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