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Dura sanción al presidente de la Real Sociedad, Aperribay, por sus quejas al árbitro Martínez Munuera

Aperribay "se dirigía hacia nosotros en estos términos: '¡Esto es una vergüenza, estamos siempre igual!'", relata Martínez Munuera en el acta.

Jokin Aperribay, presidente de la Real Sociedad. | EFE/Archivo

Jokin Aperribay, presidente de la Real Sociedad, ha sido sancionado con tres partidos de suspensión por el Comité de Competición de la Federación Española de Fútbol (RFEF).

Según el acta del colegiado Juan Martínez Munuera, al acabar la primera mitad del partido contra el Granada (2-3) y cuando los árbitros estaban en el túnel, se encontraron con el máximo mandatario donostiarra, "que había bajado del palco y nos acompañó hasta la puerta de nuestro vestuario con actitud amenazante mientras en repetidas ocasiones se dirigía hacia nosotros en los siguientes términos: '¡Esto es una vergüenza, estamos siempre igual!'", relató.

El Comité de Competición, reunido este sábado, desestimó las alegaciones formuladas por la Real Sociedad por entender que "no queda desvirtuado lo reflejado en el acta arbitral y, más bien lo contrario, se confirma que el Presidente del Club acudió al túnel de vestuarios y realizó manifestaciones de desconsideración", por lo que no considera que exista un error material manifiesto en el acta.

"Del conjunto de los escritos analizados, por otro lado, no parece que existieran amenazas en sentido estricto sino una mera actitud de hondo malestar y desafiante del Presidente ante lo que consideraba una injusticia. En cualquier caso, se trataría de una actuación de inequívoca desconsideración para con los colegiados, y que tiene mayor gravedad al provenir del Presidente del Club, del cual cabe esperar una mayor ponderación".

Por lo tanto, impuso a Aperribay tres partidos de suspensión por actitudes de menosprecio o desconsideración hacia los árbitros, directivos o autoridades deportivas (artículo 117 del Código Disciplinario), así como acordó una multa al club de 1.050 euros en aplicación del artículo 52.

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