Este martes era un día importante en la lucha contra el dopaje. Se decidía si las bolsas de sangre requisadas en la Operación Puerto serían destruidas o no.
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Madrid ha decidido que los contenidos de las bolsas con muestras de sangre, plasma y concentrados de hematíes intervenidos en el transcurso de la operación -más de 200 bolsas que pertenecen a 99 ciclistas - deben entregarse a la Real Federación Española de Ciclismo (RFEC), a la Agencia Mundial Antidopaje (AMA), a la Unión Ciclista Internacional (UCI) y al Comité Olímpico Nacional Italiano (CONI). atención a que el fin perseguido es luchar contra el dopaje, el cual atenta contra el valor ético esencial del deporte, que es el juego limpio al impedir una competencia en igualdad de condiciones", para evitar que otros "deportistas puedan verse tentados a doparse y se emite un negativo mensaje social".
Los magistrados, además, decidieron absolver a Eufemiano Fuentes y José Ignacio Labarta de los delitos contra la salud pública de los que les consideró culpables el Juzgado de lo Penal nº 21 de Madrid, al entender que la sangre que utilizaron para las transfusiones a sus pacientes no es un medicamento.
Toda vez que la sangre no es un medicamento- dice la sentencia-, la conducta de Eufemiano Fuentes y José Ignacio Labarta no tiene encaje en el delito por el que fueron imputados y condenados en primera instancia.