La Audiencia Nacional rechaza la cautelarísima al Elche y confirma su descenso a Segunda División
La resolución puede ser recurrida ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de 15 días.
La titular del Juzgado Central de lo Contencioso administrativo 9, Eva María Alfageme, ha acordado este martes alzar las medidas cautelares, por lo que confirma el descenso del Elche a Segunda División y mantiene al Eibar en la máxima categoría.
Tras la vista celebrada el lunes con representantes de ambos equipos, la Liga de Fútbol Profesional (LFP) y del Tribunal Administrativo del Deporte (TAD), la juez considera que "no concurren circunstancias que justifiquen el mantenimiento de la medida de suspensión" y no modifica la resolución del TAD del 13 de julio.
Dicha resolución puede ser recurrida en apelación ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de 15 días. La magistrada considera que rechazar las medidas solicitadas por el Elche "no tiene por qué llevar a situaciones dramáticas e irreversibles", sobre todo cuando "cada temporada, al final de la Liga, algunos clubes descienden de categoría y otros ascienden y ello no implica su desaparición".
La juez señala que no ignora "los muchos intereses que el Elche va a ver afectados por la no adopción de la suspensión", pero subraya que no se pueden desconocer datos "importantes", como que las deudas del club con Hacienda no se abonaron en periodo voluntario.
Eva María Alfagame añade en su resolución que "hubo varios requerimientos no atendidos" por el Elche y "sólo, cuando se le impuso la sanción de descenso de categoría se tomó la decisión de pagar, no antes".
Eibar y Elche llegaron a la Audiencia Nacional después de que el conjunto ilicitano recurriera al TAD el descenso administrativo que le fue impuesto en junio por la LFP como consecuencia de las deudas mantenidas con la Agencia Tributaria.
Después de que el TAD ratificara el descenso del Elche a la Liga Adelante en favor del equipo vasco, el conjunto de la Comunidad Valenciana solicitó a la Audiencia Nacional la solicitud de la "cautelarísima", petición de suspensión cautelar con carácter de urgencia de la sanción.
La resolución puede ser recurrida ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de 15 días.
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