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El caso Neymar se queda en un juzgado de Barcelona

El juez de la ciudad condal Juan Emilio Vilá ha aceptado la inhibición de la Audiencia Nacional.

El juez de la ciudad condal Juan Emilio Vilá ha aceptado la inhibición de la Audiencia Nacional.
Rosell y Bartomeu | Archivo

El titular del Juzgado de Instrucción Número 22 de Barcelona, Juan Emilio Vilá ha acordado este martes aceptar la inhibición de la Audiencia Nacional y dirigir a partir de ahora la investigación judicial por el fichaje del jugador del Fútbol Club Barcelona, Neymar da Silva. El magistrado ha adoptado esta decisión sin dar traslado al Ministerio Fiscal para que aceptase afavor o en contra de la inhibición.

La Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia acordó el pasado 22 de mayo estimar los recursos de apelación del expresidente del Fútbol Club Barcelona Sandro Rosell, del actual presidente Josep María Bartomeu y del propio club y enviar la causa a los juzgados ordinarios de Barcelona.

Ahora, el Juzgado de Instrucción Número 22 de Barcelona acepta la causa a la par que ratifica la apertura de juicio oral dictado por el juez José de la Mata contra la entidad, el presidente del Barça y su expresidente, Sandro Rosell. "Debe de practicarse lo acordado en dicha resolución", sostiene el instructor en un auto hecho público este martes.

En total, en este procedimiento judicial al Barça se le imputan tres delitos contra la Hacienda Pública, a través de los que se habría defraudado a la Agencia Tributaria 11 millones de euros; a Rosell dos delitos fiscales cometidos presuntamente entre 2011 y 2013 y un delito societario; mientras a Bartomeu se le imputa un delito contra la Hacienda Pública de 1,9 millones de euros.

En la resolución, el juez de Barcelona sostiene para aceptar la inhibición que "siempre que legalmente sea posible, la competencia de la Audiencia Nacional ha de ser determinada de manera restrictiva".

La Audiencia "sensible", según el juez

El magistrado Vila añade que "en este caso es en Barcelona donde tiene domicilio social el FCB, es en Barcelona, donde se adopta la decisión, es en Barcelona, donde se producen los efectos de la misma, es en Barcelona, donde se define, la sociedad particular, que espera la determinación del hecho y del derecho, a través del debate contradictorio".

Para justificar la competencia de los juzgados de Barcelona, la Audiencia Nacional sostuvo "los fondos distraídos fraudulentamente se encontraban en las cuentas del FC Barcelona, ya que es desde allí desde donde se ordenan las transferencias, con independencia del destino de los fondos" en el extranjero.

La Sección Tercera añadió que la cuantía de lo presuntamente defraudado a Hacienda con el fichaje del astro brasileño, 13 millones de euros, "tampoco parece excesiva, no ha producido ni grave repercusión a la economía nacional ni grave quebranto en el tráfico mercantil, ni se trata de una causa compleja que aconseje su atribución a la Audiencia Nacional".

En sintonía con estos argumentos, el juez Vilá manifiesta que la "AN ha sido sensible a esta visión de las cosas, atendido el lugar del hecho y la ausencia de circunstancias excepcionales, de complejidad y cuantía. En su consecuencia, ha de compartirse el criterio de la inhibición, cuando dice que la competencia corresponderá a los juzgados de Barcelona". Contra esta decisión cabe interponer recurso ante la Audiencia Provincial de Barcelona.

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