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La justicia obliga a la Federación a devolver la Ciudad del Fútbol

Ordena la la ejecución de la sentencia de 2007 que confirmó la ilegalidad de la cesión de 120.000 metros cuadrados de suelo público efectuada en 1998.

Ordena la la ejecución de la sentencia de 2007 que confirmó la ilegalidad de la cesión de 120.000 metros cuadrados de suelo público efectuada en 1998.
Fachada del edificio principal de la Ciudad del Fútbol, sede de la RFEF.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha ordenado en un auto la ejecución de la sentencia de 2007 que confirmó la ilegalidad de la cesión de 120.000 metros cuadrados de suelo público efectuada en 1998 por el Ayuntamiento de Las Rozas a la Real Federación Española de Fútbol, que deberá devolver la parcela.

El auto, contra el que no cabe recurso, inadmite el recurso de casación interpuesto ante el Tribunal Supremo contra el fallo de 2009 que declaraba firme esta sentencia y da un plazo "improrrogable" de 60 días al alcalde de la localidad para iniciar los trámites para otorgar la concesión "con arreglo a derecho".

En dicha parcela está situada la Ciudad del Fútbol, sede oficial de la Federación Española y habitual escenario de las concentraciones de las selecciones nacionales.

La sección de ejecuciones del TSJM expone que no consta que la administración municipal haya ejecutado la sentencia dictada en 2004 y declarada firme en 2007 "a pesar de las numerosas resoluciones que se han dictado en ejecución de la misma". En junio 2008, a raíz del fallo de 2007, el Ayuntamiento de Las Rozas otorgó una concesión administrativa a la RFEF, que según el TSJM "pretende burlar lo ordenado en sentencia firme".

Por ello, acuerda "por el reiterado abuso de derecho ejercicio por las partes" responsabilizar "personalmente" al alcalde de Las Rozas de la ejecución de la sentencia que ordena la devolución de la parcela e iniciar los trámites para la concesión de la misma, bajo apercibimiento de una multa diaria de 300 euros.

Además, el TSJM da traslado a la Fiscalía de este caso por si los hechos fueran constitutivos de delitos de desobediencia a la autoridad judicial y prevaricación.

En diciembre de 2007, el TSJM desestimó el recurso interpuesto por la RFEF contra un auto de octubre de 2006 que confirmó la ilegalidad de la cesión de 120.000 metros cuadrados de suelo público efectuada en 1998 por el Ayuntamiento de Las Rozas a la RFEF. Ese auto de 2007 concedía al Ayuntamiento de Las Rozas un plazo de 30 días para recuperar la propiedad de la finca, donde la RFEF mantiene su ciudad deportiva y otras instalaciones.

Antes, en 2004, el Tribunal Supremo había anulado definitivamente la donación de la parcela y ordenado la devolución de la titularidad del suelo al Ayuntamiento. La cesión del suelo fue aprobada por el Ejecutivo del alcalde Bonifacio de Santiago (PP) en un pleno municipal celebrado en 1998, con los votos en contra del PSOE e IU.

Ambos partidos denunciaron entonces que la operación era contraria a la ley porque los terrenos estaban calificados en el Plan de Urbanismo como bienes demaniales -de dominio público-, lo cual impedía su donación a una entidad privada como es la RFEF, cuya actividad no está orientada al uso y servicio de los vecinos.

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