L D (EFE) Los cuatro, no obstante, no deben ir a la cárcel al no superar la condena los dos años y no tener antecedentes penales. El juicio se refiere al registro realizado por sorpresa por la policía italiana el 7 de junio de 2001 al término de la etapa en San Remo del Giro en los hoteles donde se alojaban los corredores de los equipos participantes. Durante el registro, la policía se incautó de más de un centenar y medio de ampollas y medicinas. En ese momento, Dario Frigo, que llegó a ser líder de la carrera italiana, era segundo de la general.
Tras varios meses de investigación, se aceptó la pertinente solicitud de enjuiciamiento realizada por la Fiscalía al estimar que había indicios de delito para varios de los registrados. Juicio en San Remo que al menos en primera instancia (se puede recurrir la sentencia) ha concluido hoy. El juez Paolo Luppi ha dispuesto también para Pregnolato la prohibición de acceso a los lugares en que se desarrollan competiciones profesionales, así como el acceso a las sedes de las sociedades deportivas durante los ocho meses de condena.
Asimismo, para Frigo, Elli, Di Grande y Pregnolato el juez ha dispuesto que deben abonar un resarcimiento de daños a la parte civil -en este proceso fue el Comité Nacional Olímpico Italiano (CONI) quien se constituyó como tal-, que provisionalmente se estima en unos 10.000 euros para cada uno de ellos. Durante el juicio otros corredores decidieron pactar sus condenas: Domenico Romano (5 meses y 20 días, y 370 euros de multa) y Ermanno Brignoli (un mes y diez días). Al igual que los anteriores, no deberán cumplirlas en cuanto a cárcel se refiere.
En cambio, han sido absueltos, bajo la fórmula de que en la época de los hechos el delito del que se les acusaba no estaba previsto como tal en la legislación italiana, los otros imputados: el masajista Francisco Javier Fernández y los ciclistas Pavel Padrnos, Giampaolo Mondini, Daniele De Paoli, Stefano Zanini y Giuliano De Haro Figueras.
Tras varios meses de investigación, se aceptó la pertinente solicitud de enjuiciamiento realizada por la Fiscalía al estimar que había indicios de delito para varios de los registrados. Juicio en San Remo que al menos en primera instancia (se puede recurrir la sentencia) ha concluido hoy. El juez Paolo Luppi ha dispuesto también para Pregnolato la prohibición de acceso a los lugares en que se desarrollan competiciones profesionales, así como el acceso a las sedes de las sociedades deportivas durante los ocho meses de condena.
Asimismo, para Frigo, Elli, Di Grande y Pregnolato el juez ha dispuesto que deben abonar un resarcimiento de daños a la parte civil -en este proceso fue el Comité Nacional Olímpico Italiano (CONI) quien se constituyó como tal-, que provisionalmente se estima en unos 10.000 euros para cada uno de ellos. Durante el juicio otros corredores decidieron pactar sus condenas: Domenico Romano (5 meses y 20 días, y 370 euros de multa) y Ermanno Brignoli (un mes y diez días). Al igual que los anteriores, no deberán cumplirlas en cuanto a cárcel se refiere.
En cambio, han sido absueltos, bajo la fórmula de que en la época de los hechos el delito del que se les acusaba no estaba previsto como tal en la legislación italiana, los otros imputados: el masajista Francisco Javier Fernández y los ciclistas Pavel Padrnos, Giampaolo Mondini, Daniele De Paoli, Stefano Zanini y Giuliano De Haro Figueras.