El TAS confirma en su fallo que la sanción es proporcional a la violación de la normativa del CONI cometida por Valverde, que no podrá participar en ninguna competición deportiva que se celebre en suelo italiano hasta el 10 de mayo de 2011. El panel del TAS que estudió el recurso en enero considera que el CONI tiene jurisdicción para imponer la sanción a Valverde y que "las evidencias analizadas por las autoridades judiciales y utilizadas en el procedimiento del CONI no son sólo admisibles sino también relevantes" para la decisión que tomó el tribunal antidopaje del organismo italiano.
El TAS recuerda en su fallo que el 11 de mayo de 2009 el CONI suspendió a Valverde durante dos años para participar en competiciones organizadas en Italia, en base a evidencias encontradas por las autoridades judiciales italianas. "En particular se estableció que una muestra de sangre del atleta obtenida el 21 de julio de 2008 en un control antidopaje organizado por el CONI con ocasión de una etapa del Tour de Francia 2008 (en Chiusa di Pesio) tenía el mismo ADN que la muestra sanguínea de una bolsa requisada por la Guardia Civil al doctor Fuentes en el procedimiento conocido como Operación Puerto", señala el TAS.
El texto añade que "las autoridades judiciales italianas habían obtenido, de hecho, el 30 de enero de 2009, una muestra de esta bolsa que, de acuerdo a un análisis realizado en el laboratorio de Barcelona en 2006, contenía EPO", por lo que el tribunal antidopaje del CONI entendió que se había violado su normativa por el uso de una sustancia y un método prohibido.
Alejandro Valverde presentó el 17 de junio de 2009 un recurso en el que pedía la anulación de la decisión del CONI y el caso fue trasladado al panel de árbitros del TAS formado por el juez británico Romano Subiotto como presidente, junto al alemán Ulrich Haas y el italiano Ruggero Stincardini. El recurso de Valverde estaba inicialmente dirigido contra el CONI, pero posteriormente el propio CONI solicitó al TAS la participación en el procedimiento de la Federación internacional de Ciclismo (UCI) y de la Agencia Mundial Antidopaje (AMA), petición aceptada por el TAS.
En el transcurso de la audiencia, que se prolongó durante los días 12, 13 y 14 de enero, el Tribunal informó a las partes que no podía decidir sobre las propuestas de la UCI y la AMA de extender la suspensión a Valverde a nivel mundial por un periodo de dos años.
Tras la resolución, el TAS empezará a estudiar el próximo jueves otro caso relacionado con Valverde después de la denuncia de la AMA y la UCI contra el propio corredor murciano y la Federación Española de Ciclismo (RFEC) por no sancionar al ciclista.
La Federación Española inició varios procedimientos disciplinarios tras la salida a la luz de la Operación Puerto, todavía no resuelta judicialmente, pero los cerró sin imponer sanción alguna ante la negativa judicial de entregarle las bolsas requisadas en los laboratorios del doctor Eufemiano Fuentes. En enero de 2009 la Audiencia Provincial de Madrid ordenó la reapertura del caso, archivado meses atrás por el juez de instrucción número 31 de Madrid, Antonio Serrano, y la preparación del juicio oral al considerar que existen indicios de un delito contra la salud pública. El tribunal entendió que "existen indicios" de la comisión de un delito contra la salud pública de acuerdo al artículo 361 del Código Penal.
La Operación Puerto, la mayor redada de la historia contra el dopaje en el deporte, se desarrolló en mayo de 2006 -antes de la entrada en vigor de la Ley española de Protección de la Salud y de Lucha contra el Dopaje-, cuando la Guardia Civil descubrió en Madrid un laboratorio con grandes cantidades de bolsas de sangre almacenada y aparatos de análisis. Tras este descubrimiento fueron arrestados el médico Eufemiano Fuentes, el entonces director deportivo del equipo ciclista Liberty Seguros, Manuel Saiz, y el directivo del equipo Comunidad Valenciana Ignacio Labarta, entre otros.
El TAS confirma la inhabilitación de dos años a Valverde en Italia
El Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) ha rechazado el recurso de Alejandro Valverde contra la inhabilitación de dos años que le impuso el Comité Olímpico Italiano (CONI) por su implicación en la Operación Puerto, al entender que este organismo tiene jurisdicción y evidencias para hacerlo.
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