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Contador se agarra a la teoría del beso de Gasquet

El abogado del ciclista recuerda el caso del tenista francés, a quien el beso de una chica le transmitió restos de cocaína.

El abogado del ciclista recuerda el caso del tenista francés, a quien el beso de una chica le transmitió restos de cocaína.
Alberto Contador, durante su comparecencia del pasado viernes en un hotel de Palma de Mallorca. | Archivo

Andy Ramos Gil de la Haza, abogado de Alberto Contador, firma este lunes un artículo en El Mundo en el que destaca que la defensa del ciclista madrileño se basará en el caso del tenista francés Richard Gasquet como recurso para buscar la absolución definitiva. A mediados de diciembre de 2009, el Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) absolvió al jugador de su positivo por cocaína después de ser sancionado con un año de suspensión. El tenista galo recurrió la sanción aduciendo que la droga entró en su organismo "sin querer" al haber besado a una mujer en un club nocturno que sí consumió la droga, y finalmente el TAS le dio la razón.

A este precedente se agarra Ramos Gil de la Haza, que pertenece al bufete Bardají y Honrado. Espera probar probar la inocencia de Contador amparándose en que el Tribunal de Arbitraje Deportivo acepta que la presencia de sustancias ilegales en el organismo –en este caso el clembuterol- puede ser ajena al deportista. "El Código Mundial Antidopaje ya prevé la exculpación de deportistas que hayan ingerido inadvertidamente una sustancia prohibida", advierte en el artículo en El Mundo.

El letrado apunta que el Código Mundial Antidopaje, consciente de su rigidez –el deportista es absolutamente responsable de todo aquello que entre en su organismo–, "prevé la exclusión de responsabilidad –y por lo tanto de sanción– para aquellos casos en los que el atleta demuestre que carecía de "falta o negligencia" –artículo 10.5.1–, debiendo establecer cómo entró la sustancia prohibida en su organismo, algo completamente imposible en muchas ocasiones".

"Una vez más, conocedores de su dureza, tanto el Código como la jurisprudencia del Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) consideran que en los casos en los que los atletas quieran alegar este principio de exclusión de responsabilidad, deberán demostrar a través de un equilibrio de probabilidades –artículo 3.1– que el motivo que alegan tuvo más posibilidades de haber ocurrido que cualquier otro".

Según los estudios y las consultas realizadas por la defensa de Contador, la única explicación posible de cómo el clembuterol podría haber llegado a su cuerpo es la contaminación alimenticia.

En ese sentido, Ramos Gil de la Haza concluye que "es incuestionable que la AMA tendrá que imponer un margen de tolerancia para sustancias que pueden encontrarse en alimentos comunes, como es el caso del clembuterol. Hasta que esto ocurra, el Código Mundial Antidopaje ya prevé la exculpación de deportistas que hayan ingerido inadvertidamente una sustancia prohibida".

"Confiamos en la independencia y profesionalidad del Comité de Competición y Disciplina Deportiva de la Federación Española de Ciclismo (RFEC), y estamos seguros de que aplicará correctamente el reglamento antidopaje para que Contador siga dándonos alegrías y, sobre todo, para que la incorrecta aplicación de la norma no se convierta en una injusta guillotina de campeones", agrega el letrado en El Mundo.

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