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El TAS anula la sanción del COE a José Luis Sáez por sus palabras en Twitter

Anula la amonestación del COE al presidente de la Federación de Baloncesto.

El Tribunal Arbitral Deportivo (TAS) ha decidido anular la amonestación pública que el Comité Olímpico Español (COE) impuso al presidente de la Federación Española de Baloncesto (FEB), José Luis Sáez, por unas manifestaciones de éste que, a su criterio, eran "actos notorios y públicos que atentan a la dignidad o decoro de la institución".

Según informa la FEB, el TAS ha anulado dicha amonestación porque a juicio de este tribunal las declaraciones de Sáez "no sobrepasan los límites de la libertad de expresión, tal y como lo ha interpretado la Jurisprudencia española", y "no atentan contra la dignidad o el decoro del COE".

Asimismo, el TAS señala que las manifestaciones de Sáez "no incluyen insulto, injuria, difamación, vejación o improperio alguno" y "perseguían provocar un debate público sobre las funciones y el papel del COE". Además, el tribunal entiende que "no se ha infringido el deber de lealtad" al COE.

Por ello, el TAS ha acordado que se revoca la sanción impuesta a Sáez "por ser contraria al derecho fundamental a la libertad de expresión, y se condena al COE a pagar las costas del procedimiento seguido ante el TAS y a dar publicidad de la anulación de la sanción de la misma forma en que la sanción recurrida fue publicada".

Un portavoz del Comité Olímpico Español ha declarado a EFE que este organismo, tras conocer esta decisión, "respeta y acata la resolución" del TAS.

La amonestación

El pasado 27 de abril el comité ejecutivo del Comité Olímpico Español decidió amonestar públicamente a José Luis Sáez por sus manifestaciones públicas que, a su criterio, son "actos notorios y públicos que atentan a la dignidad o decoro de la institución".

El COE tomó dicha medida "a la vista de la propuesta de resolución contenida en la instrucción del expediente disciplinario incoado de oficio contra D. José Luis Sáez Regalado, presidente de la Federación Española de Baloncesto, en su condición de miembro del COE".

La causa de tal resolución fue "por manifestaciones efectuadas por dicho miembro a diversos medios de comunicación así como en la red social Twitter, las cuales constituyen infracción disciplinaria grave de las tipificadas en el Artículo 11.b) del reglamento disciplinario del COE, en relación con el Artículo 13 y Anexo del mismo ("actos notorios y públicos que atenten a la dignidad o decoro de la institución").

La nota concluía diciendo que "en virtud de los hechos y fundamentos de derecho de la propuesta de resolución efectuada por la instructora del expediente disciplinario, que el comité ejecutivo del COE ha asumido en su integridad, ha acordado, por unanimidad, amonestar públicamente a D. José Luis Sáez Regalado, por la comisión de dicha infracción grave".

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