Canal 9 gana el juicio por los derechos de fútbol en abierto a Mediapro
El juez declara que Mediapro "es responsable de los daños y perjuicios que el incumplimiento de los contratos se hayan derivado a TVV".
El Juzgado Mercantil número 7 de Barcelona ha dictado sentencia a favor de laTelevisión Autónomica Valenciana en la demanda que presentó contra Mediapro por incumplimiento de los contratos firmados entre ambas empresas.
La sentencia, según ha informado el canal autonómico, declara que Mediapro "es responsable de los daños y perjuicios que el incumplimiento de los contratos de 25 de agosto de 2006 y 12 de febrero de 2010 se hayan derivado a TVV", por lo que la televisión tiene derecho a ser indemnizada por los mismos.
En virtud de dichos contratos, Televisión Valenciana ostentaba los derechos de retransmisión en abierto, hasta el final de la temporada 2010-2011, de un partido de fútbol por jornada de Primera División y de dos partidos del Campeonato Copa de S.M. El Rey, así como el derecho de transmisión de un partido de fútbol por jornada de Segunda División hasta la temporada 2011-2012, y los derechos de emisión y resúmenes de los partidos de las tres competiciones.
La empresa Mediapro se negó a facilitar el acceso a los equipos de TVV en el partido de la liga 2010-2011 que enfrentaba al Atlético de Madrid y al Sporting de Gijón, partido designado en abierto de la primera jornada de la Liga de Fútbol Española.
Ante esta negativa, que se repitió en posteriores jornadas, TVV decidió demandar a la empresa accionista de La Sexta. El Juzgado Mercantil Número 7 de Barcelona resolvió entonces en un auto con fecha del 17 septiembre de 2010 ordenar, como medida cautelar, a Mediapro el cumplimiento de los contratos suscritos con TVV.
Aún así, tras la oposición presentada por Mediapro al auto, no le fue facilitada la señal de las retransmisiones de los partidos de Primera División por parte de la productora. Ahora, tras la celebración del juicio, este mismo Juzgado Mercantil da la razón a TVV y declara que Mediapro ha incumplido los contratos.
Por ello, condena a Mediapro "a cumplir lo estipulado en dichos contratos dando acceso a TVV a la señal correspondiente a la retransmisión en abierto de los partidos del Campeonato Nacional de Liga de Primera División que se emitan en la cadena televisiva denominada La Sexta, así como de dos partidos del Campeonato de Copa de S.M. El Rey, en los términos acordados en el contrato suscrito por las partes el 25-08-06".
La sentencia también indica que Mediapro deberá facilitar a TVV los resúmenes informativos correspondientes a las jornadas del campeonato de Liga de Primera y Segunda División y de la Copa del Rey, así como la señal correspondiente a la retransmisión en abierto de los partidos de Segunda División, en los términos acordados en el contrato suscrito por las partes el 12 de febrero de 2010.
Contra la resolución dictada no cabe recurso alguno, pero las partes podrán reproducir la cuestión en la apelación más próxima siempre que hubieran formulado protesta en el plazo de cinco días.
En los próximos días RTVV procederá a cuantificar los daños y perjuicios ocasionados por los incumplimientos generados por MEDIAPRO para proceder a su reclamación, máxime cuando uno de los contratos, el que incluía la retransmisión de partidos de Primera división, finalizó la temporada pasada.
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