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La nueva Ley Concursal ya no salvará a los equipos que no paguen

Con el cambio realizado, los clubes tienen hasta el próximo verano para saldar sus deudas o, de lo contrario, descenderán de categoría.

El Congreso de los Diputados ha aprobado este jueves definitivamente la reforma de la Ley Concursal, que establece que las sociedades deportivas que entren en concurso de acreedores no evitarán las penalizaciones de la normativa deportiva y descenderán de categoría si no están al día en los pagos a los jugadores.

La nueva regulación no tendrá efectos sobre los equipos que compiten en esta temporada, ya que ésta ya ha arrancado, sino que afectará por primera vez a los clubes y entidades deportivas en suspensión de pagos que tengan cantidades pendientes con sus jugadores en julio de 2012, ha explicado en declaraciones a Efe el diputado del PSOE Jesús Quijano.

La preocupación sobre las particularidades de los concursos de acreedores de sociedades deportivas ha hecho que la nueva Ley Concursal establezca que, en cualquier caso, el Gobierno deberá presentar en seis meses un proyecto de ley que regule "las especialidades del tratamiento de la insolvencia de las sociedades y asociaciones deportivas profesionales", como pedía el PP.

El pasado mes de julio, el Congreso de los Diputados decidió incluir en la reforma de la Ley Concursal una mención específica sobre los efectos de los concursos de acreedores de las entidades deportivas para impedir la práctica generalizada de acogerse a esos procesos con el fin de evitar las penalizaciones de la normativa deportiva en caso de impago de las nóminas de los jugadores.

De hecho, la norma critica el "uso indeseado o abusivo" que se ha hecho hasta ahora de los concursos de acreedores por parte de sociedades deportivas con deudas con los jugadores. Así, denuncia que "el incumplimiento de las 'reglas de juego' exigibles para poder participar en ciertas competiciones deportivas por parte de las entidades concursadas compromete a la competición en su conjunto y a los potenciales competidores".

El preámbulo de la nueva Ley Concursal se queja especialmente de que la igualdad en la competición "se quiebra cuando un competidor que cumple con los requisitos establecidos por el organizador compite, en desventaja, con quien no atiende a las obligaciones económicas y de otra índole establecidas y busca aprovecharse de ser declarado en concurso para no tener que respetar los mismos requisitos que los demás participantes".

Por ello, aclara que "la sujeción a la Ley Concursal no impedirá la aplicación de la normativa deportiva que regula la competición, evitando que se pueda inaplicar y dejar sin efecto dicha normativa".

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