La Audiencia Nacional propone juzgar a Ramoncín por el fraude de la SGAE
El juez De la Mata procesa al cantante por falsedad documental, apropiación indebida y/o administración fraudulenta.
El juez de la Audiencia Nacional José de la Mata ha incoado este jueves una pieza separada de la causa principal donde se investiga el fraude en torno a la Sociedad General de Autores (SGAE) y ha transformado las diligencias previas en procedimiento abreviado contra el cantante José Ramón Julio Márquez, " Ramoncin"; el ex director general y consejero de SDAE –filial digital de la SGAE- José Luis Rodríguez Neri; el ex director general Enrique Loras; y el director de los Servicios Jurídicos, Pedro Antonio Hernandez Arroyo.
Es decir, el instructor entiende que hay indicios suficienteS contra estos cuatro imputados como para enviarlos al banquillo de los acusados al obrar en la causa informes incriminatorios de la Guardia Civil y la documentación aportada por la propia SGAE.
Por esta razón, el procedimiento judicial se sigue contra ellos por los delitos de falsedad documental, apropiación indebida y /o administración fraudulenta, sin perjuicio del carácter continuado de alguna de estas infracciones.
Los hechos que ahora se desglosan se circunscriben a la conducta desarrollada Ramoncín, quien durante años "habría estado emitiendo y cargando a SGAE facturas por supuestos servicios realizados para la misma, que en determinados casos no se corresponden con contraprestación alguna o son simuladas, todo ello con la connivencia de José Luis Rodríguez Neri, y, al menos en algunos casos, de Enrique Loras y Pedro Antonio Hernández".
En los dos autos, el titular del Juzgado Número 5 de la Audiencia Nacional detalla todas las facturas investigadas, cuyo valor total asciende a 57.402 euros, que a su entender podrían ser irregulares y a través de las cuales el cantante Ramoncín pudo obtener de modo supuestamente ilícito fondos de las entidades del grupo SGAE.
Una facturación y sus consiguientes pagos que fueron consentidos por Rodriguez Neri y con intervención de los otros dos imputados, al menos en algunas de las citadas facturas, tal y como relata el magistrado.
El juez da diez días a las partes para que la Fiscalía y acusaciones soliciten la apertura de juicio oral o, por el contrario, el archivo de la causa.
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