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Código Nacional de Parafarmacia

Los farmacéuticos están haciendo una clara apuesta por la calidad de los productos de Parafarmacia, en el marco de las responsabilidades inherentes a su condición de profesionales de la salud comprometidos con la protección y seguridad de los usuarios.


( LD ) Este código es una de las herramientas de que disponen las oficinas de farmacia para identificar los diferentes productos de Parafarmacia. Así determinan si se ajustan a la legislación es el Código Nacional de Parafarmacia, que adjudica el Consejo General.

Esta identificación se tramita a petición voluntaria de las empresas y que, en caso de concederse, se imprime en el material de acondicionamiento del productos en forma y lugar visible.

Así pues, el Código Nacional de Parafarmacia es un sistema de identificación rápido cuyo fin es ayudar y facilitar la gestión de las oficinas de farmacia en la adquisición de los productos de Parafarmacia que se encuentran en el mercado nacional mediante el tratamiento informático de los indicados productos. La concesión del Código no implica exclusividad de venta, ni garantía de calidad, ni aval sanitario de los productos.

Productos comprendidos en la calificación de Parafarmacia son: Cosméticos y productos de higiene personal; Alimentos; Productos Sanitarios y ayudas técnicas y de diagnóstico “in vitro”; Artículos de puericultura; Desinfectantes y biocidas para la higiene humana: acaricidas, repelentes y atrayentes para la higiene humana.

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