La izquierda ha montado en cólera por que el antiguo cantante de La Polla Records, Evaristo Paramós, se enfrente a una multa de 540 euros por insultar a la Policía en un concierto según la sanción prevista en la Ley de Seguridad Ciudadana, conocida como "ley mordaza". Una norma criticada agriamente como lesiva para la libertad de expresión, pero que no se duda en imitar cuando la expresión no le gusta a la izquierda.
Así se demuestra en la nueva Ley de Identidad y Expresión de Género aprobada en la Comunidad Autónoma de Aragón y que está en vigor desde el 19 de abril, y que es muy similar a leyes similares como la de la Comunidad de Madrid, aprobada por unanimidad. Tal y como denuncia el conocido abogado experto en internet Carlos Almeida, la norma califica de sanción leve castigada con multas de 200 a 3.000 euros "utilizar o emitir expresiones vejatorias contra las personas o sus familias por su identidad o expresión de género en la prestación de servicios públicos, en cualquier medio de comunicación, en discursos o intervenciones públicas o en las redes sociales".
Nueva ley con sanciones administrativas por expresiones vejatorias en redes sociales. pic.twitter.com/ERYp8JuY30
— Almeida (@bufetalmeida) June 4, 2018
Y lo que es aún más grave, el artículo 47 de la ley, explícitamente titulado "Inversión de la carga de la prueba", establece que "en los procedimientos de la Administración autonómica, cuando el interesado aporte hechos o indicios razonables, fundamentados y probados por cualquier medio de prueba admitido en derecho, de haber sufrido discriminación por razón de identidad o expresión de género, corresponde a aquel a quien se atribuye la conducta discriminatoria la aportación de justificación probada, objetiva y razonable de las medidas adoptadas".
Del mismo modo, sería una infracción grave "la no retirada inmediata, por parte del prestador de un servicio de la sociedad de la información, de expresiones vejatorias o de incitación a la violencia por razón de identidad o expresión de género contenidas en sitios web o redes sociales de las que sea responsable, una vez tenga conocimiento efectivo del uso de esas expresiones". Es decir, se obliga a los sitios web a eliminar todos esos contenidos si no quieren enfrentarse a multas de entre 3.000 y 20.000 euros.
Uno de los aspectos más criticados de la Ley de Seguridad Ciudadana es que afecta a derechos fundamentales como la libertad de expresión. Pero al menos sanciones como la que podría sufrir Evaristo Paramós deben pasar por un Juzgado de lo Penal. En cambio, la Comunidad de Aragón pretende arrogarse el derecho de castigar a quien considere homófobo o tránsfobo –por ejemplo, el autobús de Hazte Oír– obligando al acusado de probar su inocencia y sin que pase por un juez. ¿Dónde está la ira de los defensores de la libertad de expresión? Parece una ira muy selectiva.