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Cultura pagará el canon digital con impuestos y cerrará páginas de enlaces

El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes el anteproyecto de reforma de la Ley de Propiedad Intelectual.

El Consejo de Ministros ha dado este viernes luz verde al anteproyecto de reforma de la Ley de Propiedad Intelectual, una modificación parcial y urgente que, según el ministro de Educación y Cultura, José Ignacio Wert, se debatirá a partir de ahora con los sectores afectados. En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, Wert ha dicho que este proyecto, que modifica los aspectos de la ley cuya modificación se consideran más urgentes, anuncia "una reforma de más calado e integral" que se acometerá esta legislatura.

La reforma presentada este viernes se dirige a tres frentes, tal y como avanzó Libertad Digital: un mayor control de las entidades de gestión de derechos de propiedad intelectual por parte de la Administración, un refuerzo de las competencias de la Comisión de Propiedad Intelectual en la lucha contra la piratería y una revisión del concepto legal de copia privada.

1. En primer lugar, el Gobierno intensifica los mecanismos de control y supervisión sobre las entidades de derechos de autor. Entre otras medidas, la reforma refuerza la rendición anual de cuentas de este tipo de sociedades ante las administraciones públicas competentes y sus propios asociados; establece un nuevo cuadro de infracciones y sanciones que permite exigir responsabilidades administrativas por el incumplimiento de sus obligaciones legales; y delimita con precisión los ámbito de control externo a estas entidades por parte del Estado y las CCAA.

De hecho, a modo de novedad, las administraciones competentes podrán auditar a las entidades de derechos de autor y el Gobierno incluso podrá decretar su intervención temporal en caso de incumplir gravemente.

2. En cuanto a la denominada piratería, la reforma también pretende reforzar la eficacia de los mecanismos de la Comisión de Propiedad Intelectual, que recientemente cumplió un año, en los procedimientos abiertos frente a las demandas interpuestas por los titulares de derechos que consideran que sus obras están siendo utilizadas sin su permiso en internet.

Así, se contempla que la Comisión pueda requerir a las empresas que tengan publicidad en páginas con contenidos ilegales que retiren sus anuncios, así como a las empresas de pagos electrónicos que interrumpan sus servicios. El texto normativo dotaría a la Comisión de una mayor capacidad para actuar frente a las páginas de enlace o prestadoras de servicios que contienen listados amplios con contenidos ilegales.

En la práctica la puesta en marcha de este punto puede resultar muy problemática, dado que frecuentemente existen varios intermediarios entre los anunciantes y los sitios web en los que se anuncian.

Para agilizar los procedimientos que se inician en la Comisión (en la actualidad hay más de 80 en investigación), el texto aprobado incluye un tablón de anuncios electrónico para que las páginas denunciadas, que en la mayoría de los casos están alojadas en el extranjero, puedan ser notificadas.

El anteproyecto incluye también una reforma del artículo 256 de la Ley de Enjuiciamiento Civil para facilitar el acceso de los titulares de derechos a los procedimientos civiles, ya que hasta ahora debían de identificar previamente al presunto vulnerador. Asimismo, frente a la imposición actual de denunciar "obra a obra" por parte del titular de derechos su supuesto uso ilegal, lo que conllevaba un procedimiento por cada demanda, ahora se podrá pedir la retirada de un catálogo de obras e, incluso, todo el repertorio de una discográfica en un solo expediente.

3. El canon se pagará con impuestos y se restringe la definición de copia privada. El denominado canon digital es un pago compensatorio por el derecho a realizar copias privadas de obras protegidas por derechos de autor. Hasta ahora, dicha tasa era sufragada en última instancia por el consumidor en el precio de venta de determinados soportes (CDs, DVDs...) y productos tecnológicos gravados con el canon.

Sin embargo, a partir de ahora esta tasa se sufragará mediante los Presupuestos Generales del Estado, es decir, vía impuestos, con lo que se universaliza su cobro. Pero, al mismo tiempo, Cultura restringe el concepto de copia privada. Así, sólo las personas físicas podrán hacer copias y sólo para uso privado. Además, con la nueva redacción se prohíbe hacer copias de otras copias, o de fuentes de comunicación que permitan discriminar previamente qué se está copiando.

Dicho de otro modo: las descargas directas o las que se hacen a través de redes P2P dejarán de estar amparadas por el derecho de copia privada. Sólo estarán permitidas las grabaciones de programas de radio o televisión.

Así pues, los españoles sufriremos lo peor de ambos mundos: pagaremos a través de impuestos una compensación a los autores como otros países de la Europa continental a cambio de poder ser perseguidos judicialmente como sucede en países anglosajones como Reino Unido o Estados Unidos por la realización de copias ilícitas de obras protegidas.

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