La Ley de Responsabilidad Medioambiental aplica el Principio de Prevención del Daño bajo la premisa "quien contamina repara", en consonancia con la Directiva Europea de 2004 “quien contamina paga”.
Las empresas de gestión de residuos, vertidos en aguas o transporte de mercancías peligrosas, entre otras, estarán obligadas a partir del 30 de abril de 2010 a contratar un seguro o garantía financiera que les permita subsanar los daños que su actividad productiva causen al medio ambiente.
No obstante, el Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino y la Consejería de Medio Ambiente de la Comunidad de Madrid han transmitido un mensaje tranquilizador a las empresas de la región, asegurando que a partir de esta fecha, ambos organismos, a través de órdenes ministeriales, irán exigiendo a las empresas de diversos sectores la contratación de estos seguros.
Esta es la principal conclusión expuesta en la jornada Aplicación de la Normativa de Responsabilidad Medioambiental en las empresas organizada por la Cámara de Comercio, la Comunidad de Madrid y CEIM (Confederación Empresarial de Madrid-CEOE), con el objetivo de que las empresas de la región conozcan el contenido de la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental.
Esta Ley aplica por primera vez el Principio de Prevención del Daño bajo la premisa "quien contamina repara", por el que las empresas sujetas al Anexo III de la Ley deben adoptar las medidas necesarias para prevenir un daño medioambiental mediante la contratación de un seguro, y, en el caso de producirlo, devolver los recursos naturales dañados a su mismo estado original. La Ley 26/2007 fue aprobada por España siguiendo el camino marcado por la Directiva Europea del año 2004, cuya principal premisa es que "quien contamina paga".
Requisitos de la ley
Antes de proceder a la contratación de este seguro, las empresas tienen que tener en cuenta distintos aspectos: saber cuáles son las compañías obligadas a contratar este tipo de seguro; realizar el informe de riesgos ambientales en base al informe Mirat de su sector de actividad y a la normativa UNE-150.008 y saber la cantidad de dinero que cuesta reparar ese daño medio ambiental. Por último, una vez realizado el informe, éste debe ser verificado por una entidad de certificación y posteriormente por la Comunidad Autónoma competente.
"La Cámara de Madrid, la Comunidad y CEIM llevamos trabajando en el desarrollo y la aplicación de esta Ley desde 2007 en una mesa de trabajo que se enmarca dentro del Pacto Pemma (Pacto de la Empresa Madrileña por el Medio Ambiente), donde los empresarios y la administración establecemos un diálogo estrecho para beneficio de todos los agentes económicos de nuestra Comunidad", señala el presidente de la Comisión de Medioambiente de la Cámara, Luís Peiró, que ha intervenido en la jornada junto al viceconsejero de Medioambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid, Manuel Beltrán; el subdirector general de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, Mariano González, y la directora de Medio Ambiente y Calidad de Aecim (Asociación de Empresarios de Metal de Madrid), Marta Carnero, entre otros asistentes.
La Ley de Responsabilidad Medioambiental explica que hay empresas exentas de contratar el seguro de prevención de daños. "Aquellas compañías que puedan producir un daño medioambiental por debajo de 300.000 euros no están obligadas a constituir una garantía financiera o un seguro, como tampoco lo están las que tengan implantadas un sistema de gestión medioambiental ISO 14.001 o EMAS y la reparación del daño comprenda entre los 300.000 a 2.000.000 euros", afirma Peiró.
A pesar de ello, los organismos que han participado en la jornada han invitado a las empresas a que valoren si les interesa proceder a la contratación de este seguro de riesgo ambiental, pues en el caso de producir una catástrofe medioambiental, la empresa podría endeudarse e incluso cerrar.
Marta Carnero asegura que las pymes madrileñas "están preocupadas con este tema por varios motivos. En primer lugar, porque desconocen el coste que va a suponer el procedimiento hasta la adquisición del seguro. Y después, porque existen aún muchos cabos sueltos, como que algunos Mirat están en proceso de desarrollo y otros ni siquiera se han empezado", sentencia la directora de Medio Ambiente y Calidad de Aecim.
Línea de consulta
Para todas las consultas que las empresas madrileñas deseen realizar en estas materias, la Cámara de Comercio de Madrid pone a su disposición la Línea de Consulta Medioambiental, un servicio gratuito de información y asesoramiento, en el que un experto responde a sus preguntas en un periodo máximo de 24 horas de manera personalizada.
Los temas sobre los que ofrece información están relacionados con la legislación, los trámites administrativos, noticias y eventos de interés, ayudas y subvenciones, etc. Dentro de este servicio, las pymes de la región también pueden encontrar guías, publicaciones medioambientales y documentación relevante de los actos y eventos que se celebran en la Comunidad referentes a esta materia.
Además, la Línea de Consulta Medioambiental edita, de forma mensual, un boletín informativo virtual con las noticias y ferias más importantes relacionadas con el medioambiente. Por otra parte, cada año, los premios Empresariales de Medio Ambiente otorgados por la Cámara de Comercio, la Comunidad de Madrid y CEIM reconocen el esfuerzo que realizan las empresas en la mejora de su comportamiento medioambiental, especialmente las pymes e instituciones con recursos limitados.