Tras los aplausos vespertinos iniciales de marzo, ya olvidados tras casi nueve meses, por su dedicación y generosidad, los sanitarios andaluces, desde médicos a personal auxiliar, han estallado contra las últimas medidas de la Junta de Andalucía. Según éstas, el Servicio Andaluz de Salud puede anular descansos, vacaciones y jornadas reducidas a los 120.000 trabajadores de la Sanidad. Ha sido el punto de partida de lo que puede ser una rebelión general en un marco de toque de queda y recomendación oficial de no salir de los domicilios.
Desde hoy y hasta el 23 de noviembre, la comunidad andaluza, como ya anticipó Libertad Digital, estará sometida a nuevas limitaciones de movilidad y restricciones para las actividades no esenciales en una regresión sobre la "nueva normalidad" que siguió al confinamiento en la primera ola de la pandemia.
La única certeza disponible es que después de nueve meses de pandemia y de los primeros compases de confinamiento y extenuación hospitalaria, el horror está volviendo hasta un punto que a veces supera al inicial, hasta el punto que la propia Junta de Andalucía contempla la posible contratación de estudiantes de Medicina, modificar los destinos de los profesionales y "llamar a filas" a los jubilados forzosos del sector.
De hecho, las medidas que pueden destacarse son las siguientes:
- Pueden modificarse los nombramientos a tiempo parcial del personal que se considere necesario para volver a tener un 100% de jornada, salvo supuestos de extrema dificultad para la conciliación familiar y laboral.
- Podrá contratarse a aquellos graduados, licenciados y diplomados sanitarios que carecen aún del título de Especialista reconocido en España, para la realización de funciones propias de una especialidad, con arreglo a los criterios, requisitos y modalidades de contratación previstas, con carácter excepcional y transitorio.
- Podrán suscribir contratos laborales de duración determinada, de auxilio sanitario, con estudiantes de grado de alguna de las profesiones sanitarias en su último año de formación, así como con graduados o licenciados que no cumplan los requisitos a que se refiere el punto anterior.
- Podrá autorizarse la prolongación de la permanencia en el servicio activo del personal licenciado sanitario y de enfermería del SAS que alcancen la edad de jubilación forzosa, así como podrá autorizarse la reincorporación al servicio activo de aquellos sanitarios en situación de jubilación que hubiesen prestado servicios para el SAS y no hayan cumplido 70 años.
- Podrán suspenderse las disposiciones relativas a jornada de trabajo, periodos de descanso y disfrute de vacaciones reglamentarias, identificando las circunstancias concretas habilitantes de la suspensión.
- Podrá decidirse que el personal del Servicio Andaluz de Salud sea adscrito temporalmente a puestos de trabajo que, como consecuencia de la situación epidémica, se hallen coyunturalmente desatendidos, aunque estén ubicados en unidad o centro sanitario.
- Podrán agilizarse los trámites administrativos en las contrataciones de larga duración por bolsa única de profesionales para los centros mayores dificultades para cubrir plaza.
- Si los candidatos rechazan dos ofertas de contratos, en distintos días, tendrán 60 días de no disponibilidad para próximas ofertas. Igualmente, se establecen 30 días de no disponibilidad en listado adicional si no se atiende el teléfono o se rechaza el contrato propuesto por esta vía.
Evidentemente, la Junta es la autoridad única y centralizada que adopta decisiones contra la expansión del virus como lo fue el gobierno de Pedro Sánchez el pasado mes de marzo. De hecho, las decisiones de la Junta, recuerda El Mundo, se inscriben en el marco de lo decidido por el gobierno central, en el marco de lo establecido en el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-COV-2, que se publicó este domingo en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA).
En dicho decreto, se dice en su Artículo 11. Prestaciones personales:
De conformidad con lo dispuesto en el apartado b) del artículo once de la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, las autoridades competentes delegadas podrán imponer en su ámbito territorial la realización de las prestaciones personales obligatorias que resulten imprescindibles en el ámbito de sus sistemas sanitarios y sociosanitarios para responder a la situación de emergencia sanitaria que motiva la aprobación de este real decreto.
Y en el siguiente, Artículo 12. Gestión ordinaria de los servicios, añade:
Cada Administración conservará las competencias que le otorga la legislación vigente, así como la gestión de sus servicios y de su personal, para adoptar las medidas que estime necesarias, sin perjuicio de lo establecido en este real decreto.
La reacción de los sindicatos, desde CCOO y UGT al CSIF, SATSE y Sindicato Médico ha sido levantarse de la mesa de la negociación y disponerse a la movilización general.
Si a eso se le une que se suman dimisiones sonadas en las direcciones territoriales como en el hospital de Osuna, un centro comarcal de importante influencia en la provincia de Sevilla, la situación no parece buena. A la sorprendente expansión de una covid desbordada en la segunda ola se suma ahora una rebelión del personal sanitario que debe combatirla.
La Junta de Andalucía ha explicado que lo que ha decidido adapta simplemente lo que ya establece el Gobierno de España y ha pedido comprensión y ayuda a los sindicatos aduciendo que es un texto de "máximos" que incluye medidas que no tienen por qué llegarse a tomar y que todo se hará en colaboración con los representantes legales de los trabajadores para "proteger las necesidades coyunturales en función de la evolución de la demanda asistencial".