Globo sonda, o no, el Gobierno ha filtrado al diario El País su borrador de la ley de Libertad Religiosa. Pese a la preocupante crisis económica que atraviesa el país, el Gobierno ha decidido dedicar importantes esfuerzos en perfilar esta nueva norma que pretende regular, desde los actos religiosos a los que puede o no acudir un militar, un policía o un concejal, hasta los símbolos religiosos que puede o no tener un cargo público en su despacho. Decisiones que se conocen días después de la visita de Zapatero a Benedicto XVI en el Vaticano, donde le saludó con un poco protocolario "¿Cómo estamos su santidad?".
Lo que aún no tiene decidido es si regulará también qué símbolos religiosos se pueden llevar o no encima, en referencia al hiyab (velo islámico). No obstante, el ministro Caamaño, según publica El País, se muestra favorable a hacerlo: "Hay que precisar qué elementos religiosos de identificación personal puede portar un ciudadano dentro de los espacios públicos". Además, dijo que "la Ley deberá ser clara y aplicar el sentido común y la tolerancia".
Son declaraciones del 4 de mayo. Tendrá que aclarar si por claridad o tolerancia entiende alguno de los artículos del borrador.
El presidente Zapatero ha repetido en numerosas ocasiones que bajo su mandato, los ciudadanos han ganado en espacios de libertad. Se refiere, entonces, a las bodas de personas del mismo sexo e incluso a la Ley de la Dependencia (cuyos recursos cercena su tijeretazo). Curiosamente, las últimas normas del Ejecutivo apuntan en otra dirección. Por un lado, prohibirá fumar por completo en lugares públicos, y ahora podría llegar a ser ilegal hasta llevar un crucifijo al cuello.
La nueva ley no entrará en vigor hasta después del verano, pero este domingo El País adelanta las principales claves que recoge el texto que ya elaboran los técnicos del Gobierno.
Prohibiciones
En total son 37 artículos entre los que destacan varias prohibiciones que recoge El País. Según esta información, "no se podrán exhibir símbolos religiosos en los establecimientos y edificios públicos salvo que tengan valor histórico-artístico, arquitectónico y cultural. La prohibición no alcanza a los centros privados públicos. "Esto significa que, por ejemplo, los crucifijos desaparecerán de todos los colegios públicos (no así en los concertados que podrán mantenerlos) y de los edificios públicos.
"Los actos y celebraciones oficiales no incorporarán ceremonias religiosas". La salvedad es que los familiares implicados así lo deseen. Es decir que, por ejemplo, los funerales de Estado en 2004 por las víctimas del 11-M no podrán volver a repetirse. Ahora, las salvedades de la Ley no aclaran qué sucedería en el caso de que algunos de los familiares sí deseasen una ceremonia religiosa y otros no.
Por otro lado, "la autoridad pública que participe en un acto religioso garantizará que no hay trato discriminatorio a ninguna confesión". Vamos, que si un concejal, alcalde, ministro, secretario de Estado, etc, quiere asistir, por ejemplo, a una procesión, también tendrá que hacerlo a una celebración de confesión musulmana, judía, etc.
Además, "Las religiones de notorio arraigo", con lo que se refiere "mormones, testigos de Jehová, budistas y ortodoxos", según explica El País, "verán ampliados sus derechos". Esto quiere decir que, mientras por un lado saca los crucifijos de las escuelas y edificios públicos y elimina los funerales de Estado, promocionará a otras confesiones.