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Las novedades de la nueva Ley de Tráfico

La nueva Ley de Tráfico, que entrará en vigor el próximo martes, reduce de 27 a 20 las infracciones que conllevan pérdida de puntos, introduce un sistema de notificación de las multas más ágil e incrementa hasta el 50 por ciento el descuento por "pronto-pago".

RPA dijo el día 24 de Mayo de 2010 a las 14:08:

Eso del descuento por pronto pago sea o no correcta la sanción me suena a sentencia mafiosa: “Si pagas la mitad y te callas te dejo en paz”.

¿Qué es eso de perder el derecho a defenderse?

RPA dijo el día 24 de Mayo de 2010 a las 10:38:

¿Cómo puede ser que infracciones graves no quiten puntos?

“Circular de forma temeraria, en sentido contrario, o participar en carreras no autorizadas en la vía pública” no es para quitar 6 puntos, es para quitarlos todos e ir a la cárcel.

“Permitir que alguien que nunca ha tenido carné conduzca el vehículo de uno” Es una Farruquitada que también debería tener cárcel.

Un conductor con 12 puntos en su haber, podrá provocar 3 incendios forestales antes de quedarse sin puntos.

“No respetar un ceda el paso, saltarse un stop o un semáforo en rojo…” ¿Y un paso de cebra? ¿No existen?

“…utilizar dispositivos de telefonía móvil o navegadores.” ¿Han prohibido usar manos libres y navegadores?


¿Estamos tontos o qué?

A veces tengo la sensación de que las leyes se hacen para tener que modificarlas forzosamente, tal vez sea una forma de garantizarse el trabajo para mañana.

_Rinconc dijo el día 24 de Mayo de 2010 a las 10:20:


A parte de estar al 100% con punt, por llevar un poco la contraria al personal y dar un poco de vidilla a esto, creo que lo siguiente se queda corto,:

"– Circular de forma temeraria, en sentido contrario, o participar en carreras no autorizadas en la vía pública." (6 puntos - 500 euros)

Resulta que, de los múltiples accidentes que tenemos en nuestras carreteras, los provocados por personas que DELIBERADAMENTE circulan en sentido contrario y DELIBERADAMENTE efectúan carreras en la vía pública están creciendo expectacularmente.

Equiparar estas infracciones, infracciones que se aplican a conductores que ponen gratuitamente en riesgo la vida del resto de usuarios de la vía -familias con padres, madres e hijos- a aquellos que alteran un tacómetro, con la gravedad que pueda conllevar lo del tacómetro, me parece poco.

A los conductores que DELIBERADAMENTE efectúan estas infracciones, vía penal, vía CC o lo que sea, debiera prohibírseles la conducción para siempre, al igual que a alguien que intenta asesinar se le prohibe acercarse a la víctima. Porque no se puede permitir que pongan en riesgo al vida del resto de ciudadanos con un vehículo.

Cortas se quedan las sanciones en esos casos.

jkl127 dijo el día 23 de Mayo de 2010 a las 22:26:

Y los judios la estrella amarilla, y los andaluces como Montilla un cartel en la espalda que ponga PER, y los que roban los sueldos de los demás, unas esposas atándoles las manos de las que cuelgue un cartel que ponga PSOE.

nico9888 dijo el día 23 de Mayo de 2010 a las 20:28:

Pues se van a poner la botas, porque el ceda el paso no lo respeta casi nadie y lo digo por experiencia, infinidad de veces se me han colado obligandome a frenar, cuando la preferencia era mia, y el contrario tenia un ceda el paso.

punt dijo el día 23 de Mayo de 2010 a las 12:11:

Efectivamente, aquí he localizado la doctrina del TS sobre el tema:

_http://motor.terra.es/ultimas-noticias-actualidad/articulo/pronto-pago-recurso-multas-compatible-49769.htm

Es decir: el gobierno legisla contra la Constitución y contra la jurisprudencia del TS. En las repúblicas bananeras son más serios y más honrados que aquí.

Un saludo.

punt dijo el día 23 de Mayo de 2010 a las 12:04:

Creo recordar que la medida por la cual se hacía incompatibles entre sí el pronto pago y el recurso de la sanción fue declarada ilegal en los tribunales hace unos años.

Al final, de lo que se trata es de desplumar al conductor obligándole a elegir: o se ata a sí mismo de pies y manos (pagando pronto), o se arriesga a pagar doble tras un proceso de recurso normalmente costoso y de final incierto.

Como digo, estipular la inseguridad jurídica por ley es inconstitucional:

Artículo 24.
1. Todas las personas tienen derecho a obtener tutela efectiva de los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, sin que, en ningún caso, pueda producirse indefensión.

Pero claro, hablamos de una DGT (Dirección General de Timadores) encabezada por el infame Robalcaba, ministro del GAL, del apoyo a la negociación ilegal con ETA, del abuso de SITEL, del encubrimiento masivo, del aprovechamiento golpista del 11-M...

¿Qué se puede esperar de un gobierno totalitario como este? Pues medidas que dinamiten la seguridad jurídica de las personas.

Un saludo.

jorgegvr dijo el día 23 de Mayo de 2010 a las 11:39:

En resumen, afan recaudatorio y ni un atisbo de mejora de la señalización, iluminación, eliminación de puntos negros y mantenimiento de la calzada.