Según una nota de la SER, el recurso hace hincapié en que la información fue "veraz y contrastada" y de interés público por lo que "el derecho constitucional a transmitir información prevalece en todo caso frente al pretendido derecho a la intimidad que alegaron los denunciantes".
El recurso incide en que no puede ser considerado un delito de revelación de secretos el publicar el nombre de las personas que habían participado en ese proceso de afiliaciones irregulares, ya que la intención no era revelar la ideología de nadie, sino denunciar un fraude, y la lista era un documento trascendente para probar la veracidad de la información.
También se señala en el recurso de apelación que el listado no era un documento secreto y que las afiliaciones no revelaban ideología porque la finalidad del fraude era alterar un proceso electoral para favorecer los intereses urbanísticos de dos constructores de la zona.