Parece un caso de libro. Nos referimos a la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional, departamento de la Consejería de Presidencia, incluida en la Dirección General de Acción Exterior, desde la constitución de la Junta de Andalucía. En calidad de tal, a 1 de enero de 2008, disponía de 17 empleados, entre funcionarios, de libre designación (3) y otros.
Para ampliar personal, la Agencia tenía que cambiar su Relación de Puestos de Trabajo, convocar oposiciones regladas y demás procedimientos lógicos en una Administración seria. Pero el camino elegido ha sido convertir a la Agencia en Organismo Autónomo de la Junta de Andalucía y, a partir de ahí, sin las reglas del Derecho Administrativo, contratar a dedo al personal que se considera necesario.
Pero lo primero era convertir un Departamento de la Junta en empresa pública u organismo autónomo. Y esto se hizo en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 9 de 14/01/2008. En él, además de consagrar a la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional como empresa pública, se dice sobre el personal:
CAPÍTULO VI
RÉGIMEN DE PERSONAL
Artículo 25. Régimen jurídico del personal.
1. El personal de la Agencia estará sometido a las normas del Derecho Laboral. Las relaciones de la Agencia con su personal se regirán por las condiciones establecidas en los contratos de trabajo, que se suscriban al efecto y se someterán al Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, a los convenios colectivos y a las demás normas que les sean de aplicación.
2. La contratación del personal al servicio de la Agencia se realizará de conformidad con los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, teniendo en cuenta la reserva legal de plazas para personas con discapacidad.
3. Tendrá la consideración de personal directivo de la Agencia el que asuma las jefaturas de las unidades orgánicas conforme a lo que establezca el Reglamento de Régimen Interior.
Es decir, ya no hay normas administrativas y, como en el resto de las empresas públicas andaluzas, conducta que ha sido denunciada por la propia Cámara de Cuentas, la arbitrariedad en las contrataciones, puede ser posible.
Y una vez constituida en empresa pública y libres para contratar sin pruebas efectivas y objetivas, se procede a la contratación a dedo, en este caso, bajo la modalidad de examen de currículum y selección sin justificación. Se ha hecho e este modo:
1.- Como ya no había que publicar convocatorias en boletines oficiales, ni respetar tiempos ni normas, los responsables de la Agencia publicaron un anuncio en el periódico. Ni siquiera sabemos si lo publicó en todos o sólo en algunos. Lo hizo en la prensa del día 27 de julio de 2008. En el anuncio se decía que los interesados "deben remitir su historial profesional a la dirección de correo electrónico seleccion.aacid.cpre@juntadeandalucia.es Esta dirección de correo electrónico está protegida contra los robots de spam, necesita tener Javascript activado para poder verla , en formato Word, indicando en el Asunto la referencia del puesto al que desean concurrir (indicado en el detalle de cada puesto que se facilita a continuación). Las personas que deseen optar a más de un puesto dirigirán un correo por cada solicitud, indicando en el Asunto la referencia del puesto.
Es de máxima importancia realizar la remisión de la documentación de acuerdo con estas indicaciones, para poder garantizar la recepción de la misma en el destino correspondiente habilitado al efecto."
El proceso de selección se realizará a lo largo del tercer cuatrimestre del presente año, en virtud de las necesidades de incorporación existentes y las disponibilidades presupuestarias. El plazo de recepción de documentación finalizará a las 14 horas (hora española) del día 5 de agosto."
Reflexiónese sobre las fechas: vacaciones y sería en vacaciones cuando la Junta iba a determinar quiénes eran los elegidos. Este es el anuncio del anuncio que no hemos encontrado, al menos, en ABC de Sevilla, el más leído con diferencia en la ciudad de Sevilla, a pesar de haber escrutado su hemeroteca electrónica creemos que adecuadamente.
Sin embargo, para otras contrataciones, la Agencia sigue recurriendo a la Junta de Andalucía y al BOJA. Por ejemplo: "RESOLUCIÓN de 13 de mayo de 2009, de la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se anuncia la contratación, por el procedimiento abierto, del servicio que se cita. (PD. 1604/2009)."
Casi un año tardaron en publicar los resultados de su examen. En junio de 2009, se hacía público el proceso de selección. Léalo aquí. En dicha resolución no cabe recurso ni protesta ni divergencia. Es decir, ha sido elección libre, a dedo, por parte de los directivos de la Agencia.
Resolución de 15 de junio de 2009 del Director de la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AACID), por la que se hace público el resultado del proceso de selección para la cobertura de las plazas convocadas por dicha Agencia:
Finalizado el proceso de selección para la cobertura de determinados puestos de la AACID en su sede de Sevilla, convocados con fecha 27 de Julio de 2008, y una vez aceptados los puestos por las personas seleccionadas y realizada su incorporación a la plantilla de la Agencia, se detalla y hace público el resultado de dicho proceso. Pero, claro, ¿en calidad de qué se incorporan? ¿Cómo plantilla fija? ¿Como eventuales? Inexplicable, pero a dedo.