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La Generalidad recurrirá la anulación de EpC en inglés que "no alterará los centros"

La Consejería de Educación de la Generalidad Valenciana presentará un recurso de casación ante el TS contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia valenciano que anula la impartición Educación para la Ciudadanía en inglés.

La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) anula, además de la impartición de esta asignatura (EpC) en inglés, la objeción de conciencia y la posibilidad de aprobar la materia con un trabajo.

La Consejería avanzó  también que, además de recurrir, se va a modificar aquella normativa de competencia autonómica para que se pueda establecer en los centros de Secundaria un "modelo homogéneo de formación plurilingüe".

Desde el Gobierno valenciano consideraron que con la interpretación jurídica que se ha dado de la normativa, es "imposible" la implantación de un modelo plurilingüe homogéneo aunque  recuerda que el propio Ministerio de Educación "no recurre el que se imparta en inglés, sino la forma jurídica de su implantación".

Desde la Consejería, que dirige Alejandro Font de Mora, se mostraron "convencidos de que, con estos ajustes formales, se podrá conseguir el propósito final, que no es otro que lograr que, al terminar sus estudios obligatorios, los alumnos y alumnas de la Comunidad Valenciana sepan hablar y escribir en castellano, valenciano e inglés a través de un modelo plurilingüe".

La Consejería de Educación agrega que el Gobierno central recurre en esta comunidad un modelo de enseñanza que está recogido en la propia Ley Orgánica de Educación (LOE), donde se dice explícitamente en su artículo 2, que "los fines del sistema educativo son la capacitación para comunicación en una o más lenguas extranjeras" y que, en su artículo 23, contempla el "comprender y expresarse en lengua extranjera" como uno de los objetivos de la Educación Secundaria Obligatoria.

El propio Ministerio pone en práctica en alguna de su normativa la enseñanza en inglés de alguna materia e incluso con doble profesorado, puntualizan las mismas fuentes.

Por otra parte, la Generalidad defiende que con la moratoria establecida por la circular de fecha 18 de diciembre de 2008, se eliminó la obligatoriedad “de facto” de impartir EpC únicamente en inglés, por lo que los centros que lo han llevado a cabo "lo han hecho voluntariamente y pueden seguir haciéndolo como hasta ahora". Por ello, la sentencia del TSJCV, "a efectos prácticos, no altera la vida académica en los centros".

En este punto, recuerdan que, con fecha 23 de junio de 2009, se emitió una sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 7 de Valencia en la que incluso se establecía que la libertad de cátedra del profesor titular de la materia no se veía afectada por la presencia simultánea en el aula del profesor de inglés.

Además, observan que la objeción y la opción B se dejaron de contemplar con la suspensión cautelar. Finalmente, se lamenta que, desde el Ministerio de Educación, no se dé solución a esta problemática.

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