Amnistía Internacional publicó hace unos días un extenso informe sobre los centros de menores en tres CC.AA españolas, entre ellas, Andalucía. En ese informe aparecían reflejados una serie de casos de malos tratos a menores, alguno de ellos en el centro de menores de Benalup de Sidonia (Cádiz), gestionado por la ONG denominada Fundación Márgenes y Vínculos, con la colaboración de la Delegación de Igualdad y Bienestar Social de la Junta de Andalucía.
El Defensor del Pueblo Andaluz reaccionó ante la denuncia de Amnistía denunciando a su vez que su informe está lleno de exageraciones e inexactitudes. Ahora se sabe que esa Fundación que dirige el Centro fue impulsada por el Defensor del Pueblo Andaluz, José Chamizo, y está dirigida por uno de sus amigos, Francisco Mena de Mira. ¿Por qué no se ha abstenido de emitir juicios contra AI en vez de encargar un informe independiente? Es lo que necesita una explicación.
Lo que dijo Amnistía Internacional
Amnistía Internacional (AI) ha realizado un informe elaborado con entrevistas a más de 59 personas, niños entre ellos, de Cataluña, Madrid y Andalucía que sufrieron supuestamente desde vejaciones a castigos físicos y medicaciones forzosas en este tipo de residencias.
Sin embargo, Amnistía Internacional denuncia además la imposibilidad de investigar a fondo y extensamente a causa de los obstáculos interpuestos por la Junta y concluye que los centros de menores andaluces, junto a los madrileños y los catalanes, dejan mucho que desear y se hunden en prácticas incluso de torturas. Lea íntegramente el informe de Amnistía Internacional.
La investigación llevada a cabo por la organización en torno a los llamados centros de protección terapéuticos en las comunidades autónomas de Andalucía, Cataluña y Madrid, constata que España debe mejorar radicalmente la protección de los menores que se encuentran en estos centros terapéuticos y cumplir así sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos.
Amnistía Internacional ha observado que el sistema de protección de menores dispuesto en España no respeta, en muchas ocasiones, las obligaciones y principios de la Convención sobre los Derechos del Niño, en particular el interés superior del menor, ni su derecho a ser escuchado, y a no ser discriminado. Esto sucede a pesar de que la propia legislación española consagra estos y todos los demás principios de la Convención en torno a la protección de los derechos de los niños y niñas.
Amnistía destaca además que "resulta además sorprendente que, según se recoge en el informe del Defensor del Pueblo, en la mayoría de los casos se eluda en la práctica a la necesaria intervención judicial para el internamiento no voluntario de los menores exigida tanto en el Código Civil como por la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Amnistía Internacional ha podido constatar que el internamiento en estos centros de protección terapéuticos puede conducir, en algunos casos, a una serie de abusos y violaciones de los derechos de los menores absolutamente incompatibles con los tratados internacionales de protección de los derechos humanos. Lo más preocupante es que en muchos casos estos abusos quedan invisibilizados e impunes. Esta situación no hace más que reforzar el ciclo de exclusión, discriminación y violencia en que se encuentran estos menores.
Amnistía denuncia que hay regímenes disciplinarios que son incompatibles con los estándares internacionales para la protección de los menores privados de libertad, recogidos en la Convención sobre los Derechos del Niño y la Convención Contra la Tortura y otras formas de Castigo y Penas Crueles, Inhumanas o Degradantes. Estas prácticas incluyen casos de menores sometidos a castigos corporales, aislamiento forzado, contenciones físicas abusivas e, incluso, contenciones farmacológicas.
A este respecto, cabe destacar que durante el 2009 el Comité contra la Tortura se dirigió al Estado español en dos ocasiones preguntando sobre las medidas adoptadas a raíz de las denuncias recogidas en el informe del Defensor y reiterando la preocupación sobre las alegaciones de aislamiento y administración de fármacos de forma contraria a los artículos 11 y 12 de la Convención.
Amnistía Internacional advierte con preocupación la poca atención brindada a la posibilidad de que los menores tengan acceso a un recurso judicial efectivo y a reparaciones justas y oportunas en caso de que sean vulnerados. El Estado español y sus instituciones deben observar sus deberes en materia de derechos humanos, desarrollar y cumplir aquello que está obligado a hacer (obligaciones de hacer o intervenir), así como garantizar que ni sus agentes y funcionarios ni agentes no estatales o particulares incurren en abusos y prácticas prohibidas por el derecho internacional.
El caso del centro de de Benalup de Sidonia. La negación del derecho a un abogado
Menor de 15 años internado en el centro de Benalup en Cádiz
El menor fue ingresado en el centro de protección terapéutico de Benalup en Cádiz en 2008 cuando tenía 15 años para ser tratado de supuestos problemas de conducta. Su ingresó se realizó sobre la base del siguiente diagnóstico: “rabietas ante frustraciones, en estas ocasiones chilla, tira objetos y amenaza con matarse, todo ello con gran intensidad emocional”.
Por falta de camas, contó a Amnistía Internacional, que los primeros 15 días durmió en una celda de aislamiento de dos metros por un metro, allí también recibía la comida. “El día del ingreso me realizaron un registro que incluía, un registro anal por parte de un educador, nunca antes me habían hecho eso. En el centro los botes de medicamentos se apilaban en la cocina y algunas veces te los echaban directamente a la comida. En ocasiones, después de beberme el cola cao, no podía ni levantarme de la silla”.
A los tres meses de su ingreso, el menor huyó, era el día de Navidad. Escribió una carta con comentarios suicidas a su madre en la que señalaba “si vuelvo, ¡me mato!” donde relataba haber sido sometido a aislamiento, constantes humillaciones, abusos y vejaciones. Esteban (nombre ficticio), el padre, no pudo visitar a su hijo en el centro durante estos meses y le denegaron información sobre su estado y evolución. Sólo la madre, de quien estaba separado, podía realizar las visitas. El abogado del padre afirma que no ha conseguido información de la administración sobre el reglamento de los centros durante todo el proceso judicial iniciado, que tampoco pudo visitar al menor en el centro, ni mantener una correspondencia privada con él. Actualmente, el menor vive con su padre, está sano, escolarizado de nuevo y no toma medicación.
Este hecho fue puesto en conocimiento de la Consejería de Bienestar e Igualdad Social de la Junta de Andalucía mediante diversos escritos del abogado del padre del menor. En la única visita permitida a Amnistía Internacional por la Administración andaluza el director de la fundación y el equipo técnico (médico, psicóloga y directora) negaron la imposición de castigos y el uso de celdas de aislamiento. Durante la visita, en la que los investigadores de la organización fueron acompañados por funcionarios y distaron mucho de ser independientes, se comprobó que algunas de las habitaciones estaban bajo llave y no fueron mostradas, aduciendo que no tenían las llaves disponibles. Sin embargo, los testimonios de dos menores tomados por Amnistía Internacional ese mismo día en el centro, y durante las entrevistas realizadas a menores y familiares que pasaron por el centro durante el año 2008, se corroboró la existencia de celdas de castigo y aislamiento y la aplicación rutinaria de esta técnica.
En la reunión mantenida entre Amnistía Internacional y el Defensor del Pueblo de Andalucía se le indicó a la organización que, en abril del año 2005, éste último visitó este centro como parte del seguimiento a una queja presentada por una menor sobre los castigos y la utilización de la celda de aislamiento. El Defensor formuló varias recomendaciones a la Dirección General de Infancia y Familia de la Junta de Andalucía para la eliminación de las celdas de aislamiento del centro. Las recomendaciones fueron aceptadas por esa instancia en su integridad. Sin embargo, cuatro años después, según los testimonios recogidos por Amnistía Internacional, las recomendaciones realizadas por el Defensor del Menor de Andalucía continúan sin cumplirse.
La Fundación Márgenes y Vínculos que dirige el Centro de Benalup fue impulsada por José Chamizo
La Fundación Márgenes y Vínculos surgió como fusión a finales de los noventa de la Fundación Márgenes y la Asociación Andaluza para la Acogida de Menores “Vínculos”. Ambas tienen sus orígenes geográficos en la comarca del Campo de Gibraltar, Cádiz. Sus comienzos se remontan a las iniciativas sociales emprendidas en dicha comarca para la realización de proyectos de protección infantil que evitarán la institucionalización de los menores sujetos a este tipo de medidas.
En 1993, José Chamizo de la Rubia, Defensor del Pueblo Andaluz, funda y preside en Los Barrios (Cádiz) la Asociación Andaluza para la Acogida de Menores “Vínculos”. Dicha Asociación tenía como objetivo potenciar la figura del acogimiento familiar, así como realizar y ejecutar programas y proyectos relacionados con la atención a la infancia y la adolescencia en beneficio de su desarrollo integral y de sus derechos.
El 17 Julio de 1996, José Chamizo de la Rubia fue elegido Defensor del Pueblo Andaluz. Este cargo es, según la Ley 9/1983 que regula la institución, incompatible con la “afiliación” a cualquier fundación o asociación. Cuando asume el cargo de Defensor dejó de presidir y pertenecer formalmente a la citada asociación.
El 20 Noviembre de 1996, la Asociación Andaluza para la Acogida de Menores “Vínculos” fue habilitada como Institución Colaboradora de Integración Familiar por la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social (entonces Asuntos Sociales) de la Junta de Andalucía. Ello se hizo en base al recién aprobado Decreto 454/1996, de 1 de octubre, sobre habilitación de Instituciones Colaboradoras de Integración Familiar y acreditación de Entidades Colaboradoras de Adopción Internacional.
El 21 Diciembre de 1996, la Consejería de Asuntos Sociales suscribió un convenio con la Asociación "Vínculos" (Asociación Andaluza para la Acogida de Menores), para que ésta colaborara en la ejecución de Programa de Acogimiento Simple. El Convenio de Colaboración sigue aún en vigor habiendo sido actualizado con fecha 1 de abril de 2007.
En julio de 1997 se clasifica como de asistencia social a la Fundación Márgenes, de la localidad de Los Barrios (Cádiz), siendo Vicepresidente Francisco Mena de Mira, amigo personal de José Chamizo de la Rubia, Defensor del Pueblo Andaluz, actual Presidente de la Fundación Márgenes y Vínculos quien, además, es administrador de la empresa de montajes y reparaciones eléctricas SELECTRICA 2006 SL junto con otra persona.
La reacción de Chamizo ante las críticas de AI, ¿fue neutral y objetiva?
Recuérdese ahora que Chamizo dijo hace unos días: «Creo que hay aspectos del informe, referidos a los maltratos y violaciones, en los que no han sido nada exactos». Chamizo quiso aclarar que los centros denunciados ahora por AI no son los reformatorios para jóvenes delincuentes, sino residencias terapéuticas donde la Junta ingresa a adolescentes que, o bien cuentan con problemas de comportamiento, o bien quedan desamparados por sus padres. En cualquiera de los dos casos, la administración andaluza se hace cargo de la tutela de los jóvenes, haciéndose responsables de su protección.
«Estos centros son visitados por nosotros y por la Fiscalía de Menores con frecuencia, con visitas semanales; y evidentemente nunca hemos detectado casos de violaciones y maltrato con los menores, si no habríamos actuado», explicó Chamizo, quien recordó no obstante que la Oficina del Defensor ha elaborado diversos informes similares a los de Amnistía, en los que también se incluyen críticas a la gestión de este tipo de centros: «Coincidimos con Amnistía en que, [el internamiento de los menores] debe ser un recurso de Salud y no de asuntos sociales». Y es que este tipo de residencias depende de la Consejería de Bienestar Social, y no de Sanidad, a pesar de que en los jóvenes suelen someterse a tratamientos psicológicos y médicos.
Pero el Defensor reconoció ayer que en los centros terapéuticos existen habitaciones «para que los chavales suelten la violencia en un momento dado, están preparada para que no puedan hacerse daño cuando está en crisis». Pero negaba rotundamente que «sean habitaciones de aislamiento», y aclaraba que los menores están en ella «cinco o diez minutos; son perfiles de chavales complicados, que necesitan un tratamiento en régimen interno, que muchas veces son obligados, por lo haber disfunciones, pero nunca llega al maltrato»
La pregunta es si en este caso debería haberse inhibido, dadas sus relaciones con los gestores del Centro de Menores.