El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Colmenar Viejo ha condenado a Sogecable, perteneciente al Grupo Prisa, a pagar 50 millones de euros a la plataforma de cable ONO por no darle acceso a una serie de canales a los que estaba obligado en virtud del acuerdo del Consejo de Ministros de 2002.
Según cuenta La Gaceta, la sentencia condena a indemnizar a este operador con 43 millones más otros 7 por el interés legal devengado desde que se interpuso la demanda. En este sentido, el juez ha estimado que ha existido por parte de Sogecable un "incumplimiento de contrato de comercialización de los canales Gran Vía y Cablesport".
La problemática se remonta a 2002 cuando se produjo la fusión de las plataformas de satélite y que establecía para Prisa una serie de condiciones como facilitar una serie de canales de televisión a los operadores de cable.
El conflicto con ONO comenzó en 2003 tras la demanda que el grupo de telecomunicaciones interpuso contra Sogecable por incumplir esta condición. Ya en 2006, la Audiencia Provincial de Madrid obligó a Prisa a que cumpliera lo establecido.
Sin embargo, fuentes del sector consideran que "Sogecable nunca ha querido dar a ONO los canales de televisión por cuestión de competencia " y de ahí "todas las trabas legales que han ido colocando durante los últimos seis años hasta que, por fin, ha sabido una sentencia".