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Froilán manejaba una escopeta prohibida a menores de 14 años

Jaime de Marichalar vulneró el Reglamento de Armas al permitir que Froilán portase un arma con la que luego se disparó en un píe.

El ex marido de la Infanta Elena, Jaime de Marichalar, podría ser sancionado administrativamente con una multa de entre 300 y 600 euros por el incidente en el que su hijo, Felipe Juan Froilán, se le disparó en el pie una escopeta sin tener la edad mínima permitida para usarla (14 años), según se recoge en el reglamento de armas dentro del apartado de "faltas graves". El accidente sufrido por el hijo de la infanta Elena tras dispararse en un pie ha puesto de manifiesto la vulneración del Reglamento de Armas, en este caso por parte de su padre, responsable de él durante los ejercicios.

Felipe Juan Froilán tiene en estos momentos 13 años. Sin embargo, los menores de 14 años tienen prohibida la licencia de cualquier arma, incluso de perdigones, y menos aún la utilización de éstas.

La ley afirma que cualquier joven entre 14 y los 18 años puede obtener la licencia especial para menores y practicar tiro deportivo. Para la modalidad de caza los menores, siempre mayores de 14, deberán ir acompañados por uno o varios cazadores mayores de edad. En todos los supuestos contemplados, el nieto de los Reyes no cumplía con los requisitos legales.

El artículo 109 del Reglamento de Armas de 1993 dice lo siguiente sobre los menores:

Artículo 109.

1. Los españoles y extranjeros, con residencia en España, que sean mayores de dieciséis años y menores de dieciocho, podrán utilizar exclusivamente para la caza o para competiciones deportivas en cuyos Reglamentos se halle reconocida la categoría junior, pero no poseer ni llevar dentro de las poblaciones, armas largas rayadas para caza mayor o, en su caso, de la categoría 3.1, siempre que se encuentren en posesión legal de una autorización especial de uso de armas para menores y vayan acompañados de personas mayores de edad, con licencia de armas D, E o F, que previamente se hayan comprometido a acompañarlos y vigilarlos en cada cacería o acto deportivo.

2. Con las mismas condiciones y requisitos, los mayores de catorce años y menores de dieciocho podrán utilizar las armas de la categoría 3.2, para la caza y las de la categoría 3.2 y 3, para competiciones deportivas en cuyos Reglamentos se halle reconocida la categoría junior, obteniendo una autorización especial de uso de armas para menores.

3. Las autorizaciones especiales de uso de armas para menores tendrán validez hasta la mayoría de edad de sus titulares, sin necesidad de obtener renovaciones, y será competente para concederlas el Director general de la Guardia Civil.

 

Del mismo modo, el apartado G del artículo 156 asegura que "el uso de cualesquiera clase de armas de fuego reglamentadas no incluidas en los apartados b y c del artículo 155, careciendo de la licencia, autorización o de la guía de pertenencia" serán sancionados "con multas de 300,52 a 601,01 euros e incautación de las armas".

El procedimiento a seguir en este tipo de situaciones es que el hospital remita al Juzgado de guardia correspondiente un parte informando de una herida por arma de fuego. Lo siguiente es que la autoridad judicial de traslado a la Guardia Civil o la Policía. En este caso, por demarcación geográfica, la competencia ha recaído en la Guardia Civil que todavía no ha recibido la comunicación del juzgado, según han precisado a Europa Press fuentes de este Cuerpo.

El juzgado abrirá una investigación penal sobre los hechos al tratarse de una herida de bala, pero previsiblemente será archivada al corroborarse que se trató de un accidente. Pero paralelamente, en el momento en el que la Guardia Civil tenga conocimiento judicial del hecho, incoará un expediente sancionador por el uso sin licencia de la escopeta atendiendo al reglamento sobre armas.

"El uso de cualquier clase de armas de fuego reglamentadas careciendo de la licencia, autorización o de la guía de pertenencia" será sancionado "con multas de 300,51 euros a 601,01 euros e incautación de las armas", explica el reglamento en el que dentro de las infracciones graves, hay sanciones de hasta 30.050,61 euros.  

Asimismo, en caso de que el titular de la escopeta con la que Felipe Juan Froilán se disparó en el pie no fuese su padre, también podría ser sancionado el dueño por defectos la custodia del arma.

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