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Bruselas advierte a España de que no puede adoptar medidas unilaterales para frenar la OPA de E.On

La Comisión Europea advirtió este viernes a España de que en la OPA de E.ON sobre Endesa no puede adoptar unilateralmente medidas para frenarla, incluso aunque la compañía estuviera en una situación de monopolio contraria a la normativa europea, en cuyo caso debe pedir al Ejecutivo comunitario que actúe.

L D (Agencias) El portavoz de Competencia de la Comisión, Jonathan Todd, reseñó que si un estado cree que una empresa o país infringen la regulación de la UE, debe denunciarlo a Bruselas, pero en ningún caso puede actuar unilateralmente. Todd incidió en que los estados miembros no pueden apelar en ese tipo de casos al principio de reciprocidad y precisó que, si las autoridades españolas adoptan alguna medida contraria a la libre circulación de capitales Bruselas "no dudará en actuar".

En su opinión, si cada país comienza a apelar a la reciprocidad para no cumplir las reglas de la UE, "acabaremos con el mercado interior y volveremos a la década de los treinta". El portavoz recordó que en ocasiones anteriores en las que el gobierno de un estado miembro puso obstáculos a una operación intracomunitaria -la compra del portugués Champalimaud por el Santander y la fusión de HVB y Unicrédito en Polonia- la Comisión actuó.

Todd subrayó que en las operaciones de dimensión comunitaria -la opa de E.ON lo sería, dadas las cifras de negocio de ambas compañías- la Comisión tiene "competencia exclusiva" y los estados no pueden intervenir, del mismo modo que Bruselas no interfiere en operaciones de dimensión nacional. Admitió que los estados pueden invocar razones de interés general para bloquear una fusión, pero indicó que ese interés general debe ser compatible con la legislación comunitaria.

Si los argumentos esgrimidos por el estado miembro no responden a los criterios fijados en la ley europea, el gobierno en cuestión debe notificarlo a Bruselas, que es la que debe decidir si los motivos son válidos. A la pregunta de si una compañía con monopolio en un estado miembro puede llevar a cabo adquisiciones en otro país de la UE sin enfrentarse a ningún obstáculo, Todd respondió que es posible siempre que su monopolio sea consistente con la regulación comunitaria sobre competencia y con las directivas de liberalización. Agregó que, si ese monopolio no se ajusta a la normativa europea, es una cuestión que compete a la Comisión y nunca a otro estado miembro.

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