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Alguien debería enseñar al fiscal de Palencia en qué consiste internet y, de paso, darle alguna lección sobre la legislación vigente en España sobre esta materia. Esta necesidad ha quedado meridianamente clara tras su petición de cinco años y nueve meses de prisión para el responsable de un sitio web que enlazaba a otro que contenía enlaces a uno más en el cual alguien había publicado pornografía infantil.
En cuanto a la legislación, el artículo 17 de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (LSSI) deja claro que no hay responsabilidad de los responsables de un sitio web por los contenidos a los que enlaza cuando "no tengan conocimiento efectivo de que la actividad o la información a la que remiten o recomiendan es ilícita o de que lesiona bienes o derechos de un tercero susceptibles de indemnización". Y se explica que se entiende que hay conocimiento "cuando un órgano competente haya declarado la ilicitud de los datos, ordenado su retirada o que se imposibilite el acceso a los mismos, o se hubiera declarado la existencia de la lesión, y el prestador conociera la correspondiente resolución".
Hasta donde se sabe, ningún "órgano competente" (que no es otro que un juez) ha declarado la ilegalidad de la página a la que enlazaba el sitio web del procesado, por lo que éste no podía tener "conocimiento efectivo" de que desde ella se podía acceder a los deleznables contenidos en cuestión. Para que la persona ahora juzgada tuviera alguna responsabilidad penal, previamente tendría que haberse dictado una sentencia, de la que el acusado tuviera conocimiento, declarando ilegal el sitio web al que se podía acceder desde el suyo por incorporar links a pornografía infantil. Y parece que esto no es así.
Pero vayamos al puro conocimiento de internet. Según la doctrina del ministerio público, que defiende que desde Chicaerotica.net facilitó de "alguna forma" el acceso a los contenidos de pornografía infantil, Google y Yahoo deberían ser juzgados por la misma razón. En ambos buscadores se puede acceder a la página por la que el procesado ha sido llevado ante los tribunales. Al fin y al cabo, enlazan a una página, que enlaza a una página, que enlaza a una página con contenidos delictivos. Ya puestos, no habría por qué romper la cadena de responsabilidades en el segundo enlace. De hecho, yo podría ser juzgado por enlazar a dos buscadores en los que se enlaza a una página que enlaza a una página... Y si a alguien se le ocurre incluir un vínculo a este artículo, pues lo mismo.
De hecho, seguramente el 99% de los sitios web de todo el mundo podrían ser juzgados. Al fin y al cabo, internet es una inmensa tela de araña en la que unas páginas enlazan con otras que al mismo tiempo ofrecen vínculos a terceras y así indefinidamente. Así que ya sabe el señor fiscal, ¡que juzguen a Google y Yahoo! Y después a todos aquellos que tengan alguna página en la que aparezca un vínculo a otra distinta.
Antonio José Chinchetru es autor de Sobre la Red 2.0.
Nota: El autor autoriza a todo aquel que quiera hacerlo, incluidas las empresas de press-clipping, a reproducir este artículo, con la condición de que se cite a Libertad Digital como sitio original de publicación. Además, niega a la FAPE o cualquier otra entidad la autoridad para cobrar a las citadas compañías o cualquier otra persona o entidad por dichas reproducciones.
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