La sentencia por la que el Tribunal Constitucional ampara a los Albertos y considera prescrito su delito de estafa ha dado lugar a un toma y daca que sugiere preocupadas reflexiones e inquietantes preguntas.
Lo primero que hay que decir es que la doctrina del Tribunal Constitucional no es tan disparatada como parece. Entender que la prescripción del delito no se interrumpe por la presentación de la querella o denuncia y que sólo se produce con su admisión a trámite es discutible, pero no descabellado.
Lo que sí puede ser descabellado es que el Tribunal Constitucional, limitada su función jurisdiccional a valorar si los condenados han sido privados de la tutela judicial efectiva a la que tienen derecho, estime que, por una interpretación del Tribunal Supremo acerca del modo en que prescriben los delitos, ha privado a los Albertos de ella. Si no se disfruta de tutela judicial efectiva por esto, no se disfrutará en general siempre que un tribunal, incluido el Supremo, condene a alguien en base a una interpretación de las leyes con la que no está conforme el Constitucional. Entonces, el Constitucional sería el verdadero Tribunal Supremo, y éste no pasaría de ser una instancia intermedia
Así que todas las quejas en general y las de la Fiscalía en particular están más que justificadas. Ahora bien, es impropio de un Fiscal General del Estado criticar una sentencia del Tribunal Constitucional acusándolo demagógicamente de estar más cerca de los estafadores que de los estafados y poniéndose él mismo como ejemplo de institución que hace lo contrario, estar más cerca de las víctimas que de los delincuentes. Todos ellos están para hacer Justicia, y esto significa absolver cuando hay que absolver y condenar cuando hay que condenar, y no estar más cerca de nadie.
Menos aún se entiende la reacción del propio Tribunal Constitucional que, sin rechistar a las críticas del Tribunal Supremo, le envió una nota al presidente del Gobierno pidiéndole, poco más o menos, que sujete a su Fiscal General e impida que exprese su punto de vista cuando sea contrario a la doctrina del alto tribunal.
¿Desconoce el Tribunal Constitucional que la Fiscalía forma parte del Poder Judicial y que, por lo tanto, es independiente del Poder Ejecutivo? ¿No será cosa de que el Tribunal intuye que, de facto, la Fiscalía hace lo que el Ejecutivo quiere que haga? ¿Ha sido la sentencia que anula la condena de los Albertos una sentencia "política", poco respetuosa con el Derecho positivo, pero necesaria para hacer justicia material sin tener qué explicar adónde fue realmente a parar el dinero supuestamente estafado? ¿Es por eso por lo que el Constitucional se ve obligado a apelar a la máxima autoridad política en busca de amparo?
La contestación del presidente del Gobierno diciendo que "toma nota" de la queja, como si estuviera en disposición de proporcionar el amparo solicitado, inclina a creer que la respuesta a las anteriores preguntas es afirmativa.
Un feo asunto que no deja de ser una prueba, entre muchas otras, de cuánta falta hace en España una Justicia más independiente. He aquí un buen tema sobre el que debatir el próximo lunes. Ya verán como no sale.