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Ramón Villota Coullaut

La expulsión de los ilegales no funciona

En la práctica esa gente, sin papeles, deja los centros de internamiento sin interés alguno en abandonar España, pero también sin posibilidad real de regularizar su situación.

Ahora que vuelven a entrar en nuestras fronteras una gran cantidad de extranjeros de forma ilegal, es interesante diferenciar las diversas situaciones que pueden darse. Así, en el caso de los ilegales que llegan hasta el archipiélago canario o los que intentan pasar el Estrecho, se les abre un procedimiento de expulsión y se les ingresa en un Centro de Internamiento de Extranjeros (CIE). Allí estarán durante un plazo máximo de 40 días, improrrogable y sin que puedan ingresar de nuevo una vez cumplido ese máximo de permanencia, a no ser que en ese breve intervalo se les pueda devolver a sus países de origen. Y aquí es en donde se concentra el problema, en los CIE, puesto que en muchos casos estos centros se encuentran al límite de sus capacidades, además de que en innumerables ocasiones no se puede expulsar a los inmigrantes subsaharianos por desconocerse su país de procedencia. Y en la práctica esa gente, sin papeles, deja los centros de internamiento sin interés alguno en abandonar España, pero también sin posibilidad real de regularizar su situación.

El caso de los que entran por el aeropuerto de Barajas es diferente, pero al final el resultado práctico es el mismo. Los que consiguen pasar la frontera, que no son todos los que intentan entrar en España, lo han de hacer por medio de, entre otros requisitos, una invitación de familiares o amigos, o acreditando que vienen de turismo. En otro caso se les deniega su entrada en España. Pero una vez cruzada la frontera, el interés de la mayoría no es otro que permanecer en España de una forma indefinida, con lo que con el paso del tiempo se convierten en ilegales. Llegados a este punto, esperan cualquier regularización extraordinaria o utilizan cualquier resquicio para legalizar su situación, a sabiendas de que el procedimiento administrativo de expulsión que se les puede incoar no va a tener ningún resultado práctico. La única posibilidad sería que cometieran algún delito y se les sustituyera su sanción por la expulsión, aunque esto ya entra dentro del derecho penal y se sale del derecho de extranjería.

De esta forma, cuando un extranjero ilegal se encuentra en la comisaría por no reunir los requisitos exigidos para una estancia legal en España, se le incoa un expediente de expulsión, delante de su abogado de oficio, al que habrá de contestar ese mismo abogado en un plazo de 48 horas. Mientras, el inmigrante ilegal, con la resolución que inicia el trámite de expulsión y que tiene un plazo de caducidad de 6 meses, sale de la comisaría sin más control que el indicar un domicilio para notificaciones. Pero la posibilidad de su ingreso en un CIE en ciudades como Madrid, por ejemplo, es imposible por falta de plazas suficientes.

En resumen, el problema fundamental que tenemos es que nuestra legislación y nuestros medios no están ajustados a la realidad de la inmigración. Si entrar de forma legal en España para trabajar es difícil, pues el cupo para trabajadores extranjeros no termina de funcionar, no lo es en cambio entrar de cualquier forma, sea por vía marítima, aérea, o incluso por nuestras fronteras terrestres con Francia, ya que muchos ilegales eligen España antes que el país galo para quedarse. De modo que no es extraño que crezca el número de irregulares.

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