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Emilio J. González

La necesidad de una supervisión

Es necesaria una regulación y una supervisión de este tipo de actividades, porque hay que proteger los derechos de los clientes y porque las muchas sociedades que operan de forma honrada no deben verse castigadas por el escándalo

Desde hace años vienen operando en España diversas empresas que ofrecen a los particulares inversiones alternativas a las financieras. Así, han venido proliferando las sociedades que ofrecen inversión en sellos, en obras de arte, en monedas, en árboles,… como una opción diferente a la colocación del dinero en fondos de inversión, acciones o cuentas bancarias. Pero, a diferencia de los intermediarios financieros, dichas sociedades no están sujetas a un régimen de supervisión como el que establece la ley para las entidades financieras a través del Banco de España, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores o de la Dirección General de Seguros. Sin embargo, la operativa de estas nuevas entidades es igual a la de los intermediarios financieros: cogen el dinero de los clientes, lo colocan en activos con los que esperan obtener ganancias y pagan una renta o una plusvalía en el momento del rescate al cliente. ¿Por qué, entonces, dichas entidades no están sometidas a una regulación ni una supervisión adecuadas?
 
En otros países, como Holanda, por ejemplo, las sociedades que se dedican a la inversión alternativa tienen que registrarse en el organismo regulador del mercado financiero, el equivalente a nuestra CNMV. Además, antes de suscribir un contrato con un cliente, tienen que ofrecerle un cuestionario sobre el perfil de riesgo del potencial inversor de tal forma que si luego la sociedad no invierte el dinero del cliente de acuerdo a dicho perfil, este puede demandarla y, además, es sancionada por el organismo supervisor. Es la forma de proteger los derechos de los ciudadanos y permitir que, dentro del sistema financiero, florezcan nuevas opciones de inversión, que lo enriquecen y permiten una adaptación mucho mejor del mismo a los deseos y necesidades de las personas, al tiempo que ofrecen financiación a nuevos tipos de negocios que la necesitan o a actividades necesarias para la sociedad. Por ejemplo, vivimos en un mundo en el que los valores medioambientales son cada vez más importantes y que se preocupa por la reducción progresiva de la masa forestal del planeta. Las inversiones alternativas se han convertido en un aliado de la ecología del planeta porque gracias a ellas se están desarrollando plantaciones de árboles que, en la medida de sus posibilidades, contribuyen a estabilizar el sistema ecológico de la Tierra. Este tipo de inversiones, por tanto, merecen la pena y, dado que, a fin de cuentas, se trata de inversiones, lo lógico es que estén protegidas y supervisadas de la misma forma en que lo están las financieras con el fin de evitar cualquier tipo de engaños o lo que, presuntamente, puede haber sucedido con Afinsa o el Fórum Filatélico.
 
En España no existe una regulación del tipo de la holandesa, pese a que hace más de dos décadas que este tipo de sociedades de inversión aparecieron y empezaron a actuar en nuestro país, algunas de ellas con un gran éxito en la captación de clientes, como prueba el hecho de que puede haber más de 300.000 personas afectadas por las presuntas irregularidades en la gestión de Afinsa y Fórum Filatélico. Y, como por desgracia suele ocurrir en la vida, junto a sociedades gestionadas de forma honesta suele haber otras que no lo son tanto. Por eso es necesaria una regulación y una supervisión de este tipo de actividades, porque hay que proteger los derechos de los clientes y porque las muchas sociedades que operan de forma honrada no deben verse castigadas por el escándalo que provocan aquellas otras que actúan de otra manera. En este sentido, sería necesario que el Ministerio de Economía tomase cartas en el asunto y elaborase una normativa que obligara a estas sociedades a estar inscritas en la CNMV y a registrar todos los folletos y documentación que se exigen a las sociedades de inversión colectiva, como los fondos de inversión, con el fin de establecer todo el sistema de garantías que permitan el desarrollo de las mismas y la protección del cliente, que permitan que disfruten del mismo grado de confianza que el resto del sistema financiero porque, a fin de cuentas, son una parte de él.

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