El presidente de comunidad de Madrid, Ignacio González, ha tenido el coraje de denunciar las enormes pérdidas que han causado en su región las huelgas y manifestaciones registradas en el año que ahora acaba. Pérdidas que ascienden a la apabullante cifra de 1.748 millones de euros, o lo que es lo mismo, un 0,5% del PIB madrileño, y que han causado la destrucción de 23.780 puestos de trabajo, equivalente a un punto de la tasa de paro regional.
Al margen de las dos huelgas generales, Madrid ha sufrido, sólo en el sector público, 62 huelgas y sido escenario de más de 2.500 manifestaciones, unas siete diarias. Sólo los paros y huelgas del metro han ocasionado pérdidas por valor de 234 millones de euros y la destrucción de unos 3.000 empleos. En cuanto a la huelga salvaje que andan perpetrando quienes mantienen secuestrada Telemadrid, ha provocado pérdidas por valor de 1,6 millones de euros en concepto de publicidad ya contratada. Los daños derivados de las huelgas en el sector sanitario son igualmente de suma importancia.
Es de todo punto necesario regular los derechos de huelga y manifestación y actuar con toda contundencia contra quienes coartan las libertades de los ciudadanos, que eso son, no rehenes. La violencia piquetera y sindical no puede quedar impune, y los responsables de los desórdenes y desmanes deben pagar por ello.
La regulación del derecho de huelga no es más que un imperativo constitucional, desgraciadamente desatendido por todos los Gobiernos, que hoy sólo reivindican algunos dirigentes del PP, como el presidente madrileño, y la UPyD de Rosa Diez. El actual estado de cosas provoca gravísimos perjuicios a la sociedad y a la ciudadanía y beneficia extraordinariamente a los oportunistas, a los cobardes que se amparan en la masa para destruir con completa impunidad y a los adictos al matonismo sindical. En cuanto al derecho de reunión y manifestación, está regulado por la Ley Orgánica 9/1983, pero de forma harto confusa. En principio, el artículo 10 de la referida norma permite a la autoridad modificar la fecha, el lugar, la duración o el itinerario de una reunión o manifestación, incluso prohibirla si considera que existen "razones fundadas de que puedan producirse alteraciones del orden público, con peligro para personas o bienes". El problema es que, a afectos prácticos, como ya señalamos en otro editorial, ese confuso requerimiento ha sido interpretado como exigencia para poder prohibir una manifestación o para algo mucho menos taxativo: poder modificar la duración, el lugar o la fecha de celebración de la misma. Es evidente que para esto último deberían bastar razones de racionalización del espacio público y el perjuicio a terceros que puede ocasionar el ejercicio insistente y reiterado del derecho de manifestación en un mismo lugar, por muy pacífica que sea la forma en que se haga.
Finalmente, no podemos dejar de denunciar el hecho de que esta antisocial, injusta y empobrecedora actividad sindical siga siendo financiada con cargo al bolsillo del zaherido contribuyente, a través de las cuantiosas subvenciones que las Administraciones Públicas conceden a quienes la acometen. Basta ya. Es intolerable, y un escarnio para las grandes víctimas de estos aquelarres liberticidas perpetrados con completa impunidad por minorías bien organizadas y mejor engrasadas.