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TENDRÁN QUE NEGOCIAR UNA NUEVA REFORMA

La anulación del Reglamento Notarial desentierra el hacha de guerra entre los juristas

El Tribunal Supremo anula uno de los fundamentos básicos del nuevo Reglamento Notarial (2007), que originó una dura pugna entre diversos operadores jurídicos para defender sus respectivas competencias. La sentencia, del pasado 20 de mayo, anula el “control de legalidad” de los notarios. El Gobierno pretende subsanar los defectos "formales"  indicados por el Alto Tribunal con una nueva reforma que amenaza con reavivar las tensiones competenciales entre los distintos profesionales del Derecho.

El Tribunal Supremo anula uno de los fundamentos básicos del nuevo Reglamento Notarial (2007), que originó una dura pugna entre diversos operadores jurídicos para defender sus respectivas competencias. La sentencia, del pasado 20 de mayo, anula el “control de legalidad” de los notarios. El Gobierno pretende subsanar los defectos "formales"  indicados por el Alto Tribunal con una nueva reforma que amenaza con reavivar las tensiones competenciales entre los distintos profesionales del Derecho.
LD (M. Llamas) Lo que mal empieza mal acaba. Este es el caso del polémico Reglamento Notarial (RN), que fue aprobado por el Gobierno a inicios del pasado año. Un texto, cuya tramitación y posterior entrada en vigor levantó duras críticas entre diversos colectivos de profesionales jurídicos, tales como registradores, abogados, gestores administrativos e, incluso, los propios notarios.
 
El citado reglamento ampliaba, en gran medida, los poderes y ámbitos competenciales de los fedatarios públicos, al reforzar la figura del notario como funcionario y “controlador de la legalidad”. Es decir, que su intervención presuponía la validez legal de los contratos, documentos y escrituras que pasan por su notaría. Algo que chocaba con la función calificadora atribuida por ley al colectivo de los registradores de la propiedad y mercantiles.
 
Pero la citada reforma también levantó ampollas en diversos colectivos de juristas, que también denunciaron en su momento la invasión competencial de los notarios en sus respectivos ámbitos.
 
Sin embargo, el tiempo le ha quitado la razón al Gobierno. El Tribunal Supremo, en una sentencia del pasado 20 de mayo con motivo de un recurso interpuesto por el Colegio de Registradores, ha recortado algunos de los principales poderes que otorgaba el nuevo Reglamento Notarial (RN) a este colectivo. En concreto, anula 23 artículos de la reforma, entre los que destaca la eliminación del “control de legalidad” de los notarios, que otorgaba a los documentos notariales efectos sobre terceros similares a los que poseen los jueces y registradores.
 
El Gobierno reaccionará con medidas "urgentes"
 
Y es que, tal y como establece el Supremo, no es lo mismo “control de la legalidad” que “juicio de la legalidad”, Así, entre los argumentos esgrimidos en el recurso interpuesto, se destaca el hecho de que el RN implica la “ampliación indebida de las funciones notariales”, al dotar a su intervención de una presunción de legalidad (similar a la de los jueces y registradores) que “no puede confundirse con el deber del notario de cumplir las leyes asesorando y haciendo las advertencias pertinentes” en la escritura pública. Todo ello, sin contar con una norma de rango legal que los sustente.
 
Además, “lo que debe adecuarse a la legalidad es el otorgamiento”. Es decir, “una parte concreta de la escritura”, que no atañe al contenido del contrato o negocio, sino “a una parte formal del documento notarial. [...] dando fe de que el otorgamiento se adecua a la voluntad de las partes debidamente informada”.
 
Así, los “defectos” legales deben ser depurados por el Registro, ya que el “control de legalidad no puede ser ejercido en régimen profesional de libre elección y libre competencia”, advierte.
 
El Supremo resolverá el resto de recursos en octubre
 
El fallo del Supremo constituye todo un golpe a la línea de flotación del citado Reglamento, que contó con el apoyo, no sólo de la cúpula de los notarios, sino también de la Dirección de Registros y del Notariado (DGRN), presidida por Pilar Blanco Morales. De hecho, la subdirectora de este organismo es la hermana del decano del Consejo General del Notariado, José Marqueño. Éste, a su vez, participó recientemente en la elaboración del programa electoral socialista en materia de Justicia.
 
La sentencia es la primera, pero no la última. Existen decenas de recursos interpuestos por notarios, registradores, y gestores administrativos contra el RN que, posiblemente, serán resueltos por el Alto Tribunal el próximo mes de octubre.
 
Las reacciones no se han hecho esperar. Tras la sentencia, el Gobierno se ha comprometido a impulsar de manera “urgente” las medidas legislativas necesarias para subsanar las “deficiencias” que contiene la reforma aprobada por el PSOE.
 
Defectos "formales"
 
Según el Ministerio de Justicia, el Supremo anula “el control de legalidad notarial por una cuestión meramente formal”. Es decir, “no cuestiona la regulación establecida en el reglamento sino únicamente su rango, que debe ser de Ley”. De este modo, el Gobierno y, concretamente, Justicia (órgano que tutela la Dirección de Registros y del Notariado) se compromete a “impulsar con la mayor urgencia, la adopción de las medidas legislativas precisas para subsanar las deficiencias apreciadas por el Tribunal Supremo, cuyos pronunciamientos y doctrina, como es natural, acata”.
 
Y ello, argumentando lo siguiente: Para conseguir que las “beneficiosas medidas” que contiene el Reglamento Notarial aprobado por el Ejecutivo “sean aplicadas en la práctica y preservar el sistema de seguridad jurídica preventiva”. Es decir, Justicia argumenta defectos formales en su reforma, y avanza una nueva ley para mantener las nuevas competencias otorgadas a los notarios.
 
Así pues, en ningún caso duda de su contenido. En este sentido, según las fuentes consultadas por LD, los notarios depositan ahora sus esperanzas en la reforma urgente de una Ley de Seguridad Jurídica Preventiva, con el objetivo de subsanar las “deficiencias formales” observadas por el Supremo.
 

La oportunidad se podría presentar con el Proyecto de Ley sobre Jurisdicción Voluntaria, pendiente de tramitación en el Congreso. Dicho texto también define al notario como controlador de la legalidad, y amplía sus competencias.

En este sentido, este proyecto recibió duras críticas el pasado año por parte de distintos operadores jurídicos para defender, igualmente, sus competencias, tales como abogados, registradores o secretarios judiciales. Sin embargo, el Gobierno también podría decantarse por aprobar modificaciones puntuales en diversas normas con rango de ley. Pese a todo, se abre un nuevo proceso de negociación. De este modo, se atisba en el horizonte una nueva pugna jurídica entre los profesionales del Derecho, similar a la que originó la tramitación y posterior aprobación del RN el pasado año.

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