
(Libertad Digital) La Audiencia Nacional ha condenado a penas de entre 3 años y 42.924 años a veintiuno de los veintiocho procesados por los atentados del 11-M y ha absuelto a otros siete, mientras que uno más, Brahim Moussaten, ya fue exculpado durante el juicio.
No hay prueba que permita sostener la existencia de una inducción a la comisión de los delitos por parte de Zouhier. El Tribunal da por probado que Rafá Zouhier actuó como intermediario en el tráfico de explosivos. No consta que Zouhier conociera, siquiera en términos generales, la acción criminal concreta que iban a llevar a cabo aquellos a quienes facilita el acceso a la dinamita.
Zougam, El Gnaoui y Trashorras cargan con todo
Tres han sido las personas que han acumulado el número más alto de penas: Jamal Zougam, condenado como autor de la masacre (aunque no le condena por los hechos de Leganés), Otman el Gnaoui, considerado coautor de los atentados y Emilio Suárez Trashorras, el cooperador necesario, según el Tribunal.
Con respecto al primero, los magistrados contaban con el testimonio de tres testigos que le situaban en tres trenes distintos al mismo tiempo, y con ropa diferente. Aún así dice sobre estos testimonios que:
El Tribunal, valorando la prueba en su conjunto, ha llegado a la convicción de la integración de Jamal Zougam en la célula terrorista de tipo yihadista y su intervención, como autor, en los atentados del 11 de marzo de 2004, pero no en los hechos acaecidos el 3 de abril del mismo año en Leganés.
Además, considera prueba de cargo suficiente sus relaciones con "otros miembros de la célula que se suicida en Leganés ". Y obviamente, la mochila de Vallecas, a la que el tribunal ha dado carta de naturaleza, en donde la tarjeta de móvil hallada en su interior llevó hasta el locutorio donde Zougam era el vendedor. Por estos motivos ha elevado la petición de pena solicitado por la Fiscalía, que pedía 38.960, a 42.922.
Sobre Otman el Gnaoui, el Tribunal lo considera coautor de los atentados, por lo que le condena a 42.924 años. Los suicidas y una octava persona que se encontraba en el piso no identificada, junto a trece de los procesados, son para el tribunal miembros de células o grupos terroristas de tipo yihadista que, mediante el uso de la violencia, pretenden "derrocar los regímenes democráticos y eliminar la cultura de tradición cristiano-occidental".
El ex minero José Emilio Suárez Trashorras es el condenado que aglutina el mayor número de delitos en su condena. De hecho, el tribunal del 11-M le considera como el máximo de los condenados a pesar de que su pena (34.715) es inferior a la de los dos autores materiales de la masacre, Otman El Gnaoui (42.924) y Jamal Zougam (42.922) dado que es el único al que se responsabiliza de las consecuencias de la explosión de la vivienda situada en la Calle Carmen Martín Gaite de Leganés (Madrid).
Esto se traduce en que el asturiano cumplirá condena como cooperador necesario para la comisión de los atentados y responderá por 192 asesinatos –incluyendo el del GEO Francisco Javier Torronteras– y 1.991 en grado de tentativa, en lugar de las 191 muertes y 1.856 heridos atribuidos a El Gnaoui y Zougam. Además, los tres magistrados que componen el tribunal del 11-M le han considerado culpable de un delito de falsificación de matrícula. En el caso concreto de los heridos el tribunal ha contabilizado 34 lesionados más, incluyendo a los 14 compañeros del GEO afectados por la explosión, 4 policías y 15 vecinos del edificio.
No obstante Suárez Trashorras se ha beneficiado de la atenuante de enfermedad mental que reduce en 5 años cada una de las penas motivo por el cual el número de años en su caso es inferior al de los otros dos.
No se sabe quién ideó el 11-M
El tribunal que ha enjuiciado los atentados terroristas que se produjeron el 11 de marzo de 2004 en Madrid no ha podido determinar a los tres autores intelectuales, inspiradores o ideólogos de la masacre que recogía el escrito de acusación de la Fiscalía, llegando a absolver incluso a Rabei Osman, "El Egipcio". La sentencia justifica la absolución de Rabei Osman, al que la Fiscalía pedía 38.952 años de prisión como uno de los autores intelectuales de la masacre, argumentado que la traducción de la conversación en la que supuestamente se atribuía el diseño de los atentados "carece de rigor y precisión".
El tribunal se refiere en concreto a una conversación telefónica que "El Egipcio" mantuvo con un discípulo llamado Yahia en la que indicaba, según la traducción de los peritos italianos esgrimida por las acusaciones, que "el hilo de lo de Madrid fue mío" y que la masacre constituía su "proyecto más querido". Sin embargo, la sentencia razona que, según las traducciones que se realizaron posteriormente a petición de la defensa, Rabei Osman "no menciona a Al Qaeda" y "no existe la frase de atribución de los atentados de Madrid".
De igual modo, la sentencia señala que la conversación que éste mantuvo con Mourad Chabarou, condenado en Bélgica por su relación con el Grupo Islámico Combatiente Marroquí, es "insuficiente" para reputarle como "dirigente del grupo" o "conspirador" de los atentados.
También descarta como prueba de cargo la nota con la leyenda "11-M Shaid" que fue encontrada en su domicilio. Esta palabra significa "miel" aunque, según un testigo, tenía en argot el valor de "explosivos". Según el tribunal, no se conoce la fecha exacta de la nota ni su autoría, a lo que hay que añadir que existen "múltiples explicaciones alternativas" que justifican su elaboración.
No obstante, la sentencia establece en sus fundamentos jurídicos que "el tribunal no alberga duda alguna de la pertenencia de este procesado a las redes terroristas internacionales de tipo yihadista", como demuestra su conversación con Chabarou. En ella "El Egipcio" daba por muerto a Fouad El Morabit Anghar y al resto del grupo de Madrid y señalaba, al ser preguntado por su interlocutor, que "todos los jóvenes, Sarhane y todos los hermanos, Fuad y los demás" se encontraban "con Dios" tras la inmolación. "Todo el grupo al completo", añadía.
En todo caso, justifica su absolución por el principio jurídico de nos bis in idem, que "impide castigar doblemente por un mismo delito", ya que ya fue condenado en noviembre de 2006 en Italia por un delito equivalente.
Por su parte, Yousef Belhadj ha sido condenado por integración en organización terrorista, pero ni siquiera en grado de dirigente. Se le impone una pena de 12 años. La clave para imponer a Belhadj una condena mayor era demostrar que él es "Abu Dujan Al Afgani", el nombre con el que los terroristas reivindicaron los atentados y al que se referían como "portavoz militar de Al Qaeda en Europa", pero el tribunal considera que no hay pruebas de ello.
La sentencia concluye que "hay sospechas, hay indicios, pero éstos son equívocos, pues incluso está probado que las reivindicaciones hechas en nombre de Abu Dujan fueron efectuadas por Jamal Ahmidan, El Chino, y Serhane el Tunecino".
La sentencia dice que las afirmaciones de Fiscalía y acusaciones sobre que Belhadj es "Abu Dujan" no están probadas "con la certeza que exige el derecho penal". Para ello argumenta, que ninguno de los comparecientes en los procesos seguidos en Bélgica, Italia o España ha declarado haber oído ese alias y que aunque del registro de su domicilio en Bruselas podría derivarse que Belhadj utilizaba el alias de Abu Dujan, lo hacía sin la referencia 'Al Afgani'.
Además, la sentencia recoge que no está probado que Belhadj dirija ningún grupo terrorista de los que se engloban "en la denominación, cada vez más genérica, de Al Qaeda", ni que haya dependencia jerárquica entre los autores del 11-M y este individuo. Para rematar, asegura que "no consta ni siquiera la existencia de un canal de transmisión de órdenes a uno de cuyos lados esté el procesado y al otro uno o varios individuos subordinados a él".
En relación a Hassan El Haski, el tribunal considera probado que es dirigente del Grupo Islámico Combatiente Marroquí por las relaciones y contactos que mantuvo con la cúpula de este grupo, por su ocultación cuando se produjeron detenciones de islamistas en Holanda y Bélgica y por el modo en que se comunicaba con otros miembros del grupo por internet y teléfono. Le impone 15 años de cárcel.
La sentencia, que basa su consideración en los testimonios de tres condenados en Francia por su pertenencia al Grupo Islámico Combatiente Marroquí, descarta a El Haski como inductor de los atentados por estimar que el hecho de que declarara que la masacre fue obra de su "jamaa" o grupo no es suficiente para considerarle responsable de los hechos.
Zouhier, de cooperador necesario a simple intermediario
Una de las sorpresas que ha deparado la sentencia del 11-M ha sido la pena que los tres magistrados han impuesto finalmente a Rafá Zouhier, el confidente de la Guardia Civil. La Fiscalía le acusaba de ser cooperador necesario en la masacre por lo que pedía una de las mayores penas para él: 38.968 años de prisión. Sin embargo, el Tribunal entiende que sólo puede ser considerado intermediario en el tráfico de explosivo. Por ello, le condena a 10 años.
El cuadro siguiente muestra -con la salvedad expresada antes- las penas impuestas en la sentencia y las que habían sido solicitadas en sus conclusiones definitivas por la Fiscalía de la Audiencia Nacional:
Rabei Osman El Sayed Absuelto/ 38.962 años
Hassan El Haski 15/ 38.962 años
Youssef Belhadj 12/ 38.962 años
Jamal Zougam 42.922/ 38.960 años
Abdelmajid Bouchar 18/ 38.960 años
Basel Ghalyoun 12/ 12 años
Rafá Zouhier 10/ 38.968 años
José Emilio Suárez Trashorras 34.715/ 38.976 años
Antonio Toro Castro Absuelto/ 23 años
Raúl González Peláez 5/ 8 años
Carmen María Toro Castro Absuelta/ 6 años
Emilio Llano Álvarez Absuelto/ 5 años
Iván Granados Peña Absuelto/ 4 años
Sergio Álvarez Sánchez 3/ 4 años
Antonio Iván Reiss Palicio 3/ 4 años
Javier González Díaz Absuelto/ Retiró acusación
Otman El Gnaoui 42.924/ 38.972 años
Mohamed Larbi Ben Sellam 12/ 27 años
Hamid Ahmidan 23/ 23 años y 6 m.
Rachid Aglif 18/ 21 años
Nasreddine Bousbaa 3/ 13 años
Mahmoud Slimane Aoun 3/ 13 años
Fouad El Morabit El Amghar 12/ 12 años
Mouhannad Almallah Dabas 12/ 12 años
Abdelilah El Fadual El Akil 9/ 12 años
Mohamed Bouharrat 12/ 12 años
Saed El Harrak 12/ 12 años
Mohamed Moussaten Absuelto/ 6 años.
Descárguese la sentencia (formato PDF comprimido ZIP): Antecedentes (304K) | Hechos probados 1º parte (184K) | Hechos probados 2º parte (421K) | Fundamentos y fallo (631K)