Telefónica recurrirá la millonaria multa de la CE por posición dominante del ADSL
Telefónica ha anunciado que tiene previsto recurrir la multa de 151,8 millones de euros impuesta este miércoles por la Comisión Europea por supuesto abuso de posición dominante en el mercado de banda ancha entre los años 2001 y 2006 en España. La compañía –que tiene un plazo de 2 meses y 10 días– alegará que actuó en todo momento dentro del marco regulatorio, por lo que ni hubo "culpabilidad ni mala fe". Fuentes de la compañía han aclarado que los precios fueron fijados por la CMT, que a su vez se opone a la sanción.
L D (Europa Press) Fuentes de la compañía han informado de que "estamos en desacuerdo con el que el resultado sea que hemos cometido una infracción y hemos estrechado los márgenes. Nos parece injusta la sanción porque los precios, que según la CE provocan un estrechamiento, fueron fijados por la CMT". Agrega que "no pensábamos que siguiendo las directrices de la CMT pudiéramos ser objeto de sanción" al tiempo que dice que no actuó de mala fe ni de forma malintencionada.
La operadora sostiene además que de acuerdo con las "guidelines" de la Comisión Europea su comportamiento no tuvo efectos negativos en el mercado de banda ancha nacional, puesto que "no sólo no hubo salidas, sino que hubo entradas" de otros operadores. Telefónica recordó que en los últimos cinco años no sólo ha crecido el mercado, sino que su cuota ha ido decreciendo en beneficio de sus rivales.
Desde el punto de vista jurídico, el Derecho Comunitario reconoce que el servicio de acceso a la red no es un servicio esencial, por lo que tiene otros elementos de replicabilidad. Lo esencial en dicho mercado sería el bucle, explicó la operadora. Fuentes de la compañía indicaron su deseo de contar con el apoyo de la CMT y el Gobierno español en su recurso.
La CMT no comparte la decisión
El presidente de la CMT, Reinaldo Rodríguez indicó que no cree posible que la CMT pueda intervenir en el recurso, aunque señaló que estudiaría la multa en busca de "algún bien defendible en el que puedan participar". Dijo además que el regulador no coincide ni en metodología no en criterios con Bruselas en la multa impuesta a Telefónica y recordó que la resolución inicial se tomó en un momento en que la banda ancha estaba aterrizando en España.
Recordó que la Comisión Europea actúa conforme al Derecho de la Competencia, que aplica una legislación distinta a la suya e indicó que en sectores como el de las telecomunicaciones no ha sido capaz de ordenar ni promover la competencia, por lo que no considera "consistente" que reabran temas tratados por los reguladores nacionales. "Como responsable de la CMT no me hace gracia que se hagan estas cosas, es más, hubiese preferido que en vez de abrirle un expediente al que cumple una resolución de la CMT, se lo hubiesen abierto a la CMT", expresó Rodríguez.
La CMT reguló el acceso a la red de Telefónica en 2001, cuando obligó a la operadora a dar el servicio y fijó el precio máximo, con el objetivo de que cualquier compañía pudiera ofrecer banda ancha sin tener que realizar grandes inversiones. Para calcular el precio máximo, el regulador nacional aplicó un "test de estrechamiento de márgenes" que consiste en llegar al precio minorista a partir del mayorista, es decir, al precio mayorista se le restan los costes y se suman unos márgenes, lo que resulta en el tope máximo que puede fijar la operadora para que sus rivales tengan margen suficiente y puedan obtener ingresos.
Argumentos de la Comisión
Según la Comisión, Telefónica fijó unos precios mayoristas demasiado altos, lo que no dejaba margen a sus competidores para obtener beneficios. La operadora alega que el precio máximo fue fijado por la CMT y que se limitó a actuar en base a dicha regulación.
Para el Ejecutivo Comunitario, Telefónica podría haber puesto fin al estrechamiento de márgenes rebajando voluntariamente sus precios mayoristas. Bruselas subrayó que sus precios mayoristas nacionales –que representaban en el 2006 el 70 por ciento de los precios afectados por la decisión– no estaban regulados y sus precios mayoristas regionales –que representaban en 2006 alrededor del 30 por ciento de los afectados por la decisión– sólo estaban sujetos a precios máximos fijados de antemano por el regulador español basándose en las estimaciones de Telefónica de 2001.
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