L D (Europa Press) La Dirección General de Instituciones Penitenciarias ya ha informado al juez Central de Vigilancia Penitenciaria, José Luis Castro, de las razones por las que se autorizó al preso de ETA José Ignacio De Juana Chaos a abandonar el Hospital Donostia de San Sebastián los pasados días 10 y 17, con el fin de que éste visitara a un oftalmólogo y homeópata privados, y ha añadido que en el curso de las mismas no hubo incidentes ni "extralimitación" alguna por parte del recluso.
El magistrado se muestra satisfecho con la explicación, por lo que por el momento no adoptará medidas que corrijan la situación penitenciaria de De Juana, informaron fuentes jurídicas. La explicación de Instituciones Penitenciarias se produjo en cumplimiento de la providencia dictada por el juez Castro el pasado lunes, solicitando información sobre las razones de las "autorizaciones médicas extrapenitenciarias" de las que hizo uso De Juana y que le permitieron salir por unas horas del Hospital de Donostia.
En el informe remitido al juez se señala que los permisos fueron concedidos en cumplimiento del artículo 121.3 del Reglamento Penitenciario, que dice que los internos podrán solicitar "a su costa" servicios médicos privados de profesionales ajenos a Instituciones Penitenciarias. Esta solicitud, según la propia norma, debe ser aprobada por el Centro Directivo -en este caso el hospital donde de Juana cumple su "prisión atenuada"-, "salvo cuando razones de seguridad aconsejen limitar este derecho".
En el caso de las salidas de los pasados día 10 y 17, fueron autorizadas por el centro hospitalario con el informe favorable de la Subdirección de Sanidad Penitenciaria, lo que permitió al recluso visitar a su oftalmólogo particular y a un homeópata cuya consulta se encuentra en la localidad guipuzcoana de Hernani.
Visitas médicas sin incidentes
El informe añadía que las visitas médicas se desarrollaron sin incidencias y sin que se produjera por parte de De Juana ningún "abuso" en la utilización de los permisos, por lo que de momento el juez no encuentra motivos que justifiquen un cambio en el "plan de ejecución" de la condena del terrorista acordado por Interior el pasado 28 de febrero, cuando le fue concedido el traslado desde el Hospital Doce de Octubre de Madrid al Hospital de Donostia.
José Luis Castro no es sólo el magistrado que dio el visto bueno el pasado día 1 de marzo a la decisión del Gobierno de conceder "la prisión atenuada" al etarra en huelga de hambre, sino que también en 2001decidió conceder al sanguinario terrorista una redención extraordinaria de pena por escribir dos libros, después de que la Junta de Tratamiento se la negara.
Según este plan, que Castro avaló mediante un auto el pasado 1 de marzo, De Juana sólo puede abandonar el hospital por razones médicas, siempre que en el centro en el que se encuentra no existan los servicios sanitarios que él precise. Este plan contempla las circunstancias reguladas en el artículo 212.3 del Reglamento Penitenciario, según las mismas fuentes.
Fuentes jurídicas subrayaron este jueves que, a pesar de que las salidas de De Juana del Hospital de Donostia han quedado aclaradas, aún sigue vigente lo acordado por el juez de vigilancia en su providencia "para que en lo sucesivo se comunique a este juzgado con carácter previo las salidas que le sean autorizadas al interno así como el desarrollo de éstas una vez finalizadas".
En el caso de que el juez Castro valorara que existe una extralimitación por parte de De Juana de las autorizaciones que se le puedan conceder en el futuro, podría aplicar medidas correctoras que pueden ir desde el apercibimiento hasta dejar sin efecto el auto que avaló el traslado de Madrid a San Sebastián.