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Interior dispone de veinte días para decidir si inscribe al nuevo partido proetarra en el registro

El Ministerio del Interior dispone, según la ley de partidos, de veinte días a partir de este martes para estudiar la documentación presentada por Abertzale Sozialisten Batasuna (ASB) y decidir si esta formación cumple con todos los requisitos para inscribirse formalmente en el registro de partidos políticos. En el caso de que el Ministerio observe "indicios racionales en relación con la ilicitud penal del partido", lo deberá poner en conocimiento de la Fiscalía en ese periodo de veinte días, algo que hizo hoy mismo el Departamento de Alfredo Perez Rubalcaba.

El Ministerio del Interior dispone, según la ley de partidos, de veinte días a partir de este martes para estudiar la documentación presentada por Abertzale Sozialisten Batasuna (ASB) y decidir si esta formación cumple con todos los requisitos para inscribirse formalmente en el registro de partidos políticos. En el caso de que el Ministerio observe "indicios racionales en relación con la ilicitud penal del partido", lo deberá poner en conocimiento de la Fiscalía en ese periodo de veinte días, algo que hizo hoy mismo el Departamento de Alfredo Perez Rubalcaba.
L D (EFE) La ley prevé que a esa comunicación se adjuntará "una resolución fundada que irá acompañada de los elementos probatorios disponibles para apreciar dichos indicios". Si la Fiscalía considerase suficientes estos indicios, emprenderá las acciones penales correspondientes, en cuyo caso el partido puede recurrir la decisión por la vía contencioso-administrativa.

Si la Fiscalía no observa ninguna irregularidad, devolverá la comunicación al Ministerio del Interior para que se complete la inscripción. Respecto a la denominación del partido ("Abertzale Sozialisten Batasuna"), el artículo 3 de la ley señala que el nombre con el que se inscriba la nueva formación no podrá "coincidir, asemejarse o identificarse aun fonéticamente con la de ningún otro partido previamente inscrito en el registro o declarado ilegal, disuelto o suspendido por decisión judicial".

Asimismo, la ley establece que un partido será ilegalizado si "fomenta, propicia o legitima la violencia como método para la consecución de objetivos políticos", así como si "da cobertura a las acciones de desorden, intimidación o coacción social vinculadas al terrorismo o la violencia".

Según el texto de la ley, cuando la actividad del partido vulnere "de forma reiterada y grave los principios democráticos" o "persiga deteriorar o destruir el régimen de libertades o imposibilitar o eliminar el sistema democrático", deberá procederse a su disolución o suspensión judicial.

La aplicación de la ley de partidos, aprobada en junio de 2002, derivó en la ilegalización en marzo de 2003 de HB-EH-Batasuna por parte del Tribunal Supremo, al estimar éste que mantenían "una identidad real con ETA".

El 3 de mayo de 2003 el Supremo anuló por unanimidad 241 listas electorales presentadas en el País Vasco y Navarra por considerar que formaban parte de la "estrategia de sucesión de Batasuna". Antes de las elecciones europeas de 2004, la Sala Especial del Supremo también acordó por unanimidad la anulación de la candidatura Herritarren Zerrenda (HZ), al apreciar "la continuidad y sucesión" de esta agrupación respecto de HB, EH y Batasuna.

Para las elecciones autonómicas vascas de abril de 2005, la agrupación electoral Aukera Guztiak figuró como sucesora de Batasuna-ETA, por lo que fue anulada por los mismos motivos por el Tribunal Supremo. Sin embargo, otra candidatura, el Partido Comunista de las Tierras Vascas (PCTV-EHAK) asumió la representación del entorno de ETA sin que en esta ocasión el Gobierno instara su ilegalización.

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