L D (Agencias) El recurso de súplica remitido este lunes a la Sección Cuarta de lo Penal de la Audiencia Nacional, firmado por el fiscal jefe, Javier Zaragoza, se refiere a la confusión procesal existente en la causa al haber sido ya absueltos por el TSJPV otros dos ex parlamentarios de Batasuna-ETA procesados junto a Otegi por participar en el mismo homenaje: el huido Jon Salaberría y Araitz Zubimendi.
El primero fue absuelto en 2004 en el mismo juicio que condenó a 15 meses de prisión a Otegi –una sentencia posteriormente anulada por el Tribunal Supremo–, mientras que la segunda también resultó exonerada, aunque tras ser juzgada en otro procedimiento aparte por el TSJPV, en 2005, en el que el fiscal retiró la acusación. El problema es que ambos aparecen acusados junto a Otegi en el escrito de conclusiones de que dispone la Fiscalía de la Audiencia Nacional, que lo heredó de la Fiscalía vasca.
La fiscalía advierte de la situación de indefensión que se ha generado al excluir del debate procesal el incidente de "doble enjuiciamiento" de Salaberría y Zubimendi, "cercenando al tiempo la posibilidad de examinar y valorar nueva prueba en el proceso que sí podría surtir efectos en el enjuiciamiento del acusado Otegi". No acceder a la suspensión, según Zaragoza, "no sólo generaría una duda razonable sobre la imparcialidad del tribunal, sino que además supondría una flagrante vulneración de los derechos a la tutela judicial efectiva y a la utilización de los medios de prueba pertinentes".
Providencia nula
En su escrito, la Fiscalía critica abiertamente la falta de motivación con la que la Sala rechazó el pasado viernes, mediante una simple providencia, otro recurso presentado por el Ministerio Público para tratar de aplazar la vista contra Otegi, alegando que juzgar de nuevo a Salaberría supondría un quebrantamiento del principio "non bis in idem", puesto que la anulación del Supremo sólo afectó al líder de Batasuna-ETA. El fiscal pedía tiempo para aclarar las imputaciones.
La Sala contestó a su requerimiento con una escueta providencia que rezaba: "no ha lugar a lo solicitado", lo que en opinión de Zaragoza supone resolver un incidente procesal de relevancia constitucional "con absoluta y manifiesta falta de motivación", lo que hace que la providencia sea "radicalmente nula de pleno derecho".
La petición de la Fiscalía con respecto a Salaberría se produjo después de que el tribunal –que integran Fernando Bermúdez de la Fuente, Paloma González Pastor y Juan Francisco Martel– rechazara un recurso de la defensa del huido y declarara a éste en rebeldía. Ahora, la Fiscalía advierte del "absurdo jurídico" de poner en busca y captura a Salaberría mediante su declaración en rebeldía, puesto que "una futura privación de libertad por esta causa y en estas condiciones podría resultar ilegítima".
Zubimendi, testigo
Con respecto a Zubimendi, la Fiscalía obtuvo este lunes mismo la sentencia del TSJPV que la absolvió en julio de 2005, tras juzgarla a pesar de que ya había perdido su condición de aforada. Tras estudiarla, estima que debe archivarse definitivamente el proceso con respecto a esta mujer, que a juicio del Ministerio público ha "mutado su situación procesal dejando de ser acusada para convertirse en testigo presencial de los hechos, lo cual obligaría al Ministerio Fiscal a modificar su escrito de calificación provisional tanto en los aspectos fácticos y jurídicos como en la proposición de prueba para el juicio oral".
En síntesis, el Ministerio Fiscal estima que las incidencias antes mencionadas "son de tal trascendencia para el devenir del proceso que le obligan a readaptar y completar el escrito de conclusiones provisionales", así como a proponer nuevas pruebas, que actualmente "no están preparadas, ni a disposición de la acusación pública y la defensa".