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La juez da la razón a Ramón Calderón y decide anular los votos por correo de las elecciones del Real Madrid

Tras varias horas de confusión, la juez Milagros Aparicio, titular del juzgado de primera instancia número 47 de Madrid, ha decidido anular los votos por correo de las pasadas elecciones del Real Madrid por lo que da la razón al actual presidente de la entidad, Ramón Calderón y rechaza el recurso de Villar Mir. La sentencia de la juez –hecha pública poco después de las 14:00 de este jueves– señala que "debo declarar y declaro la nulidad de la Norma Electoral XV, reguladora del voto por correo y en consecuencia la nulidad de los votos emitidos a su amparo". El ex candidato, Arturo Baldasano, ha recomendado a Calderón que modifique los estatutos y convoque "elecciones en día de partido". José María Stampa, miembro de la candidatura de Juan Palacios, cree que la decisión judicial "legitima" la presidencia de Ramón Calderón.

Tras varias horas de confusión, la juez Milagros Aparicio, titular del juzgado de primera instancia número 47 de Madrid, ha decidido anular los votos por correo de las pasadas elecciones del Real Madrid por lo que da la razón al actual presidente de la entidad, Ramón Calderón y rechaza el recurso de Villar Mir. La sentencia de la juez –hecha pública poco después de las 14:00 de este jueves– señala que "debo declarar y declaro la nulidad de la Norma Electoral XV, reguladora del voto por correo y en consecuencia la nulidad de los votos emitidos a su amparo". El ex candidato, Arturo Baldasano, ha recomendado a Calderón que modifique los estatutos y convoque "elecciones en día de partido". José María Stampa, miembro de la candidatura de Juan Palacios, cree que la decisión judicial "legitima" la presidencia de Ramón Calderón.
L D (Agencias) En las elecciones del 2 de julio Ramón Calderón fue proclamado presidente únicamente con el voto presencial, pero existen 10.511 votos emitidos por correo que aún no han sido contados tras las normas cautelares y que se encuentran en el juzgado 25 de lo penal, después de que varios socios denunciaran también manipulación en sus sufragios.
 
En principio, estos sufragios no serían recontados por la Junta Electoral, aunque contra esta decisión del juzgado cabe recurso del resto de las partes, que podrían presentarlo. Ramón Calderón denunció que la Norma Electoral XV no garantizaba los principios democráticos para el voto por correo, que no cumplía los requisitos de ser personal, directo, secreto e indelegable y la juez le ha dado la razón, declarando la nulidad de la norma que desarrollaba el voto por correo en el proceso electoral.
 
Los tres jueces de la Sección Undécima de la Audiencia se reunieron hace una semana para tratar el asunto y este jueves hicieron público el auto con su resolución en la que "estiman parcialmente el recurso de Apelación en el sentido del mantenimiento de la medida cautelar, pero con prestación de fianza de 250.000 euros".
 
Antes de tomar una decisión, la juez analizó si la norma electoral impugnada establecía un método seguro, fiable e inequívoco de identificación del votante que, además, impidiera la delegación del sufragio; y si contenía garantías de custodia y vigilancia directa por parte de la Junta Electoral con relación a las sacas que contenían los votos emitidos por correo. Respecto al primer punto, la magistrada concluye que en el Real Madrid "ni siquiera está previsto reconocimiento de firma alguna", y basa esta afirmación en los testimonios prestados en el juicio celebrado el pasado lunes por el presidente y el secretario de la Junta Electoral, José Eulogio Aranguren y Ernesto Toth, respectivamente.

Estos admitieron que "no se realizó ningún control de la autenticidad de la firma del votante y que su revisión o control de los sobres remitidos se hacían por aproximación o cotejo visual entre la firma autógrafa pretendidamente estampada por el socio-votante y la que constaba en la fotocopia simple del DNI acompañada".Sobre las garantías sobre el carácter indelegable del voto, la juez Aparicio vuelve a remitirse a la declaración de estas dos personas, que reconocieron que la delegación de voto "no sólo existe, sino que es casi una práctica de uso normal".

"Queda, pues, reconocido explícitamente por quienes debían observar total transparencia y neutralidad que no sólo no existió cautela o garantía alguna que impidiera la delegación del voto (expresa e inequívocamente prohibida por los estatutos del club), sino que su práctica era notoria y abiertamente empleada por las peñas deportivas entre otros colectivos", añade. Por último, la sentencia también declara probado que los votos que llegaban al club "eran guardados en uno o varios armarios, sin vigilancia personal continuada salvo la grabación esporádica de cámaras de vídeo o soporte similar, cuya duración y efectiva existencia ni siquiera ha sido acreditada".
 
José María Stampa: "La decisión judicial legitima a Ramón Calderón"
 
El abogado y ex directivo del Real Madrid José María Stampa ha declarado este jueves a EFE que "la decisión judicial conocida hoy legitima a Ramón Calderón en la presidencia del club". Stampa, que formó parte de la candidatura de Juan Palacios en las últimas elecciones, aseguró además que el fallo de la Juez Milagros Aparicio a partir de ahora "tranquilizará al club".

"Unos estarán más contentos y otros no. Pero esta es la decisión final", afirmó Stampa, quien aconsejó a los otros aspirantes a la presidencia que declinen seguir con posteriores recursos.

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