LD (EFE) En el marco de esta investigación, Garzón solicitó en 2001 al Consejo de Europa, además de al Parlamento italiano y al europeo, que retirara la inmunidad a Berlusconi, pero finalmente quedó sin efecto al ser elegido poco después en Italia primer ministro, lo que le llevó a renunciar a sus cargos en el Parlamento europeo y en el Consejo de Europa.
El juez acordó entonces, el 9 de octubre de 2001, la suspensión de la causa mientras Berlusconi ocupara la jefatura del Ejecutivo italiano, decisión que fue confirmada primero por la sala de lo penal de la Audiencia Nacional y luego, el 14 de octubre de 2003, por el Tribunal Constitucional.
Este tribunal rechazó así el recurso interpuesto por Berlusconi contra la resolución dictada por Garzón, aunque anuló las actuaciones de la Audiencia Nacional dirigidas a iniciar un procedimiento contra el político italiano en su propio país o a retirarle la inmunidad.
Así, el Constitucional suspendió los apartados de las resoluciones judiciales en los que se solicitaba a los ministerios españoles de Justicia y Asuntos Exteriores que denunciaran los hechos en Italia para que se iniciara un procedimiento contra Berlusconi por los delitos que se le imputan, así como la petición a las autoridades italianas de levantamiento de la inmunidad.
"En la medida en que no se trata de una suspensión incondicionada, sino que el juez la hace depender del resultado de las solicitudes cursadas al Estado italiano, sí procede ordenar el mantenimiento sin condición alguna de la suspensión acordada", explicaba el Alto Tribunal.
La decisión tenía como fin, según el auto del Constitucional, "que, en ningún caso, pueda levantarse la suspensión del procedimiento contra el demandante mientras ocupe el cargo de presidente del Consejo de Ministros de Italia, ya que, de no hacerse así, aquél podría perder su finalidad al poderse producir durante su tramitación perjuicios de imposible reparación".
El juez acordó entonces, el 9 de octubre de 2001, la suspensión de la causa mientras Berlusconi ocupara la jefatura del Ejecutivo italiano, decisión que fue confirmada primero por la sala de lo penal de la Audiencia Nacional y luego, el 14 de octubre de 2003, por el Tribunal Constitucional.
Este tribunal rechazó así el recurso interpuesto por Berlusconi contra la resolución dictada por Garzón, aunque anuló las actuaciones de la Audiencia Nacional dirigidas a iniciar un procedimiento contra el político italiano en su propio país o a retirarle la inmunidad.
Así, el Constitucional suspendió los apartados de las resoluciones judiciales en los que se solicitaba a los ministerios españoles de Justicia y Asuntos Exteriores que denunciaran los hechos en Italia para que se iniciara un procedimiento contra Berlusconi por los delitos que se le imputan, así como la petición a las autoridades italianas de levantamiento de la inmunidad.
"En la medida en que no se trata de una suspensión incondicionada, sino que el juez la hace depender del resultado de las solicitudes cursadas al Estado italiano, sí procede ordenar el mantenimiento sin condición alguna de la suspensión acordada", explicaba el Alto Tribunal.
La decisión tenía como fin, según el auto del Constitucional, "que, en ningún caso, pueda levantarse la suspensión del procedimiento contra el demandante mientras ocupe el cargo de presidente del Consejo de Ministros de Italia, ya que, de no hacerse así, aquél podría perder su finalidad al poderse producir durante su tramitación perjuicios de imposible reparación".